Secretaría de Industria , Comercio y Minería

IMPORTACIONES

Resolución 197/98

Extiéndese el plazo fijado en el artículo 1º de la Resolución Nº 807/97, para la presentación de determinada documentación de proyectos bajo estudio.

Bs. As., 23/3/98

B.O: 31/03/98

VISTO el Expediente Nº 061 -001972/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 52 de fecha 28 de agosto de 1996 se suspendió la recepción de nuevas solicitudes para acogerse al régimen establecido por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995.

Que a través de la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 128 de fecha 6 de septiembre de 1996 se fijó un plazo por SESENTA (60) días para la presentación de la documentación requerida por la Resolución ex-SECRETARIA DE COMERCIO e INVERSIONES Nº 318 de fecha 26 de diciembre de 1995, el que fuera prorrogado en CIENTO OCHENTA (180) días por la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 356 de fecha 29 de noviembre de 1996.

Que de acuerdo a la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 807 de fecha 21 de agosto de 1997 se extendió el plazo fijado en e1 Art. 1º de su similar Nº 356/96 hasta el 31 de enero de 1998.

Que conforme surge del informe técnico efectuado por la Dirección de Promoción de las Exportaciones resulta necesario ampliar el plazo fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 807/97 para aquellos proyectos bajo estudio con documentación aun no presentada formalmente; no obstante encontrarse perfeccionada con anterioridad al 31 de enero de 1998.

Que la mencionada ampliación se fundamenta en virtud de la complejidad técnica y magnitud económica de los proyectos presentados que ameritan contemplar esta situación de excepción.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502/95.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º-Extiéndese hasta el 30 de abril de 1998 el plazo fijado en el Artículo 1º de la Resolución SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA Nº 807/97 para la presentación de la documentación faltante que hubiese sido perfeccionada con anterioridad al 31 de enero de 1998.

Art. 2º-En el supuesto de no cumplirse con lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente, la Autoridad de Aplicación dispondrá la caducidad de la solicitud y ordenara el archivo de las actuaciones.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto Guadagni.