Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 208/98

Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma Ciganotto Autopartes S.A.

Bs. As., 25/03/98.

B. O.: 31/03/98.

VISTO el expediente Nº 060-004938/97, del Registro dei MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma "CIGANOTTO AUTOPARTES S.A.", con domicilio en Calle 119 (Saavedra) Nº 6250 (Loma Hermosa) - Provincia de Buenos Aires, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.

Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6º y 14 del Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1.996 y en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de setiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1.997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º- Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma ''CIGANOTTO AUTOPARTES S.A.", con domicilio en Calle 119 (Saavedra) Nº 6250 (Loma Hermosa) - Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º- Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1.996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1.996, y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1.997 y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P Nº 060004938/97.

Art. 3º- Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "CIGANOTTO AUTOPARTES S.A." constituye domicilio especial en Virrey Olaguer y Feliú 2625 - Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4º- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5º- Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 6º- Notifíquese a la interesada.

Art.7º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Alieto A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 208

Expediente Nº 060-004938/97

Empresa: CIGANOTTO AUTOPARTES S.A.

Producto a Exportar:

Posición N.C.M.

DESCRIPCION

8708.29.91

Guardabarros VW Gol y Escort

8708.29.99

Capots Fiat Uno

8708.29.99

Laterales VW Gol

8708.10.00

Frentes VW Gol

8708.10.00

Paragolpes delanteros

8708.10.00

Paragolpes traseros

8708.29.99

Extensión de paragolpes

.

Portaequipajes

Productos a Importar:

Posición N.C.M.

DESCRIPCION

8708.29.91

Guardabarros

8708.29.99

Capots

8708.29.99

Laterales

2708.29.99

Frentes

2708.10.00

Paragolpes delanteros G.M.

8708.10.00

Paragolpes traseros G.M.

8708.10.00

Extensión de paragolpes G.M.

8708.29.99

Portaequipajes Ford Escort Rural