HOMENAJES

Ley 24.941

Dispónese la construcción de un monumento a Osvaldo Pugliese.

Sancionada: Marzo 4 de 1998.

Promulgada: Marzo 26 de 1998.

B.O: 1/04/98

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso etc.,sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°-Dispónese la construcción de un monumento a Osvaldo Pugliese en homenaje a su memoria.

ARTICULO 2°-Invítase al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires a adherir a la presente ley, cediendo el espacio público ubicado en la intersección de la avenida Corrientes con la calle Luis María Drago para el emplazamiento de dicho monumento.

ARTICULO 3°-La obra se financiará por suscripción pública y estará a cargo de la Comisión Pro Monumento a Osvaldo Pugliese que estará integrada por tres (3) diputados, tres (3) senadores, y un (1) representante del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires y tres (3) miembros de la comunidad. Estos últimos designados por la viuda del homenajeado.

ARTICULO 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MARZO DEL ANO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

-REGISTRADA BAJO EL N° 24.941-

ALBERTO R. PIERRI.-CARLOS F. RUCKAUF. -Esther H. Pereyra Arandia de Perez Pardo.- Edgardo Piuzzi.

Decreto 339/98

Bs. As., 26/3/98

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 24.941 cúmplase, comuníquese, publíquese. dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.