ACUERDOS

Decreto 417/98

Modifícase el Decreto N° 252/98, a fin de incorporar la participación de la Provincia de Misiones en el Acta-Acuerdo celebrada inicialmente entre la Nación Argentina y las Provincias de Entre Ríos y Corrientes, en relación con el aprovechamiento hidroeléctrico de Salto Grande.

Bs. As., 15/4/98

B.O: 20/4/98

VISTO el Acta-Acuerdo del 5 de febrero de 1998, su similar del 7 de abril de 1998 y el Decreto N° 252 del 5 de marzo de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 5 de febrero de 1998 se celebró, ad referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL, un Acta-Acuerdo entre la NACION ARGENTINA y las Provincias de ENTRE RIOS y CORRIENTES.

Que mediante el Decreto N° 252 del 5 de marzo de 1998, se aprobaron, en tanto fueran materias de competencia del PODER EJECUTIVO NACIONAL, las cláusulas Primera, Segunda y Tercera del Acta-Acuerdo referida en el considerando precedente.

Que con fecha 7 de abril de 1998 se suscribió un nuevo Acta-Acuerdo, que reemplaza en todos sus términos a su similar de fecha 5 de febrero de 1998, incorporando en la misma la participación de la Provincia de MISIONES.

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario sustituir el artículo 1° del Decreto N° 252/98, dejando establecido que dicha modificación no afecta la vigencia del resto de las disposiciones de la norma citada.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°- Sustitúyese el artículo 1° del Decreto N° 252 del 5 de marzo de 1998 por el siguiente: "ARTICULO 1° Apruébanse, en tanto sean materias competentes del PODER EJECUTIVO NACIONAL, con los alcances expresados en los Artículos 2°,3° y 4° del presente acto, el Acta-Acuerdo relativo al APROVECHAMIENTO HIDROELECTRICO SALTO GRANDE celebrado entre la NACION ARGENTINA y las Provincias de ENTRE RIOS, CORRIENTES y MISIONES con fecha 7 de abril de 1998, cuya copia autenticada como Anexo I forma parte integrante del presente acto".

Art. 2°-Déjase establecido que la modificación dispuesta por el artículo precedente no afecta la vigencia de las restantes disposiciones del Decreto N° 252/98.

Art. 3°-Comuníquese el presente acto al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.- Guido Di Tella.- Raúl E. Granillo Ocampo. - Carlos V. Corach.

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo 1. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Capital Federal).