Secretaría de Industria, Comercio y Minería

EXPORTACIONES

Resolución 251/98

Inscríbese en el Registro de Exportaciones amparadas por la Resolución N° 32/96-MEYOSP, la operación correspondiente a exportaciones efectuadas por determinadas empresas.

Bs. As., 15/4/98

B.O: 20/4/98

VISTO el Expediente N° 061-001969/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 32 del 16 de agosto de 1996 y la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA N° 49 del 24 de enero de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96, modificada por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 13 del 2 de enero de 1997 instituyó la creación de un Registro para la inscripción de las operaciones de exportación celebradas en firme con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la mencionada Resolución, siempre que se cumpla lo dispuesto en el Artículo 6° de la misma.

Que la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA N° 49/97 habilitó en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR el REGISTRO DE EXPORTACIONES amparadas en el Artículo 6° de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 32/96.

Que la firma PRODUCTORES DE ALCOHOL DE MELAZA S.A. ha solicitado la inscripción de una operación de exportación en el REGISTRO DE EXPORTACIONES amparadas por el Artículo 6° de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96 y su modificatoria.

Que la misma se encuentra comprendida en los alcances del inc. a) del Artículo 6° de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96 y su modificatoria, por cuanto está amparada por carta de crédito irrevocable, habiéndose realizado ya la exportación.

Que las exportaciones correspondientes a dicha operación fueron realizadas por la propia firma PRODUCTORES DE ALCOHOL DE MELAZA S.A. y por las firmas que a continuación se consignan: JOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A.C.I., INGENIO RIO GRANDE S.A. CIA. ARG. AGR. E IND., INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A. AZUCARERA JUAN M. TERAN S.A., COMPANIA AZUCARERA CONCEPCION S.A. y LEDESMA S.A.A.I.

Que la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES ha examinado el cumplimiento de los requisitos necesarios a fin de que dicha operación quede exceptuada de la rebaja de reintegros a la exportación establecida por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 32/96.

Que por lo tanto a la misma le corresponde el reintegro vigente antes del 29 de agosto de 1996.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en función de lo previsto en la Ley N° 22.415, en la Ley de Ministerios (T.O. en 1992), el Decreto N° 1450 del 12 de diciembre de 1996, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 32 del 16 de agosto de 1996 y su modificatoria.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA. COMERCIO Y MINERA

RESUELVE:

Artículo 1°-Inscribase en el REGISTRO DE EXPORTACIONES amparadas en el Artículo 6° inc, a) de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/ 96 a la operación correspondiente a las exportaciones efectuadas por las firmas PRODUCTORES DE ALCOHOL DE MELAZA S.A., JOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A.C.I., INGENIO RIO GRANDE S.A. CIA. ARG. AGR. E IND., INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL S.A., AZUCARERA JUAN M. TERAN S.A., COMPANIA AZUCARERA CONCEPCION S.A. y LEDESMA S.A A I. la que fuera documentada mediante los Permisos de Embarque consignados en el Anexo de la presente resolución.

Art. 2°-La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS.Y SERVICIOS PUBLICOS, deberá liquidar el reintegro vigente al 28 de agosto de 1996, a las empresas que figuran en el Anexo de la presente resolución, una vez verificado el cumplimiento de las exportaciones amparadas por los Permisos de Embarque que se detallan en el Anexo.

Art. 3°-La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4.-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Alieto A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION N° 251
REGISTRO
EMPRESA
ADUANA
PERMISO DE EMBARQUE N°
115
JOSE MINETTI Y CIA. LTDA. S.A C.I
S. NICOLAS
1167-2/96
INGENIO RIO GRANDE S.A. CIA. ARG.AGR. E IND
S. NICOLAS
1168-9/96
INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL

TABACAL S.A.
S. NICOLAS
1169-6/96
AZUCARERA JUAN M. TERAN S.A
S. NICOLAS
1170-2/96
S. NICOLAS
1171-9/96
COMPANIA AZUCARERA CONCEPCION S.A
S. NICOLAS
1209-5/96
LEDESMA S.A.A.I.
S. NICOLAS
1172-6/96
PRODUCTORES DE ALCOHOL DE MELAZA S.A
S. NICOLAS
1173-3/96
S. NICOLAS
1174-0/96