REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 343/98

Extiéndese a la totalidad de los Registros Secciónales de la Propiedad del Automotor la aplicación del Digesto de Normas Técnico Regístrales, en lo referente a los pedidos de informe de dominio mediante el uso del Formulario "57".

Bs. As, 14/4/98

B.O.: 20/04/98

VISTO el Digesto de Normas Técnico - Regístrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Titulo II, Capítulo XIV, Sección 1a, artículo 5° - referido a pedidos de informe de estado de dominio vía FAX - y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el precepto mencionado se reglamentó él trámite de pedido de informe de dominio mediante el uso del Formulario "57" -, habilitándose con ello a solicitar dichos informes ante cualquier Registro Seccional de la Propiedad del Automotor del país, para conocer la situación jurídica de un automotor cualquiera fuere el lugar de su radicación.

Que mediante Disposición D.N. N° 887/96 se fijo el 1° de noviembre de 1996 como fecha de entrada en vigencia de dicha norma, pero se limito en una primera etapa y en forma experimental la presentación de los pedidos instrumentados por tales Formularios "57" a los Registros Secciónales de la Propiedad del Automotor con asiento en la Capital Federal.

Que, posteriormente, mediante Disposición D.N. N° 332/97, se extendió desde el 15 de abril de 1997 tal aplicación a los Registros Secciónales de la Propiedad del Automotor con asiento en las ciudades de Córdoba, Rosario, Mar del Plata y Bahía Blanca.

Que la actual capacidad operativa del sistema y su correcto funcionamiento permiten disponer su aplicación en la totalidad de los Registros Secciónales de la Propiedad del Automotor del país.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2°, inciso c), del Decreto N° 335/88.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1° -Extiéndese a la totalidad de los Registros Secciónales de la Propiedad del Automotor la aplicación del Digesto de Normas Técnico - Regístrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Titulo II, Capítulo XIV, Sección 1a, artículo 5° en lo referente a los pedidos de informe de dominio mediante el uso del Formulario "57", a partir del 4 de mayo de 1998.

Art. 2° -Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta Dirección Nacional y atento su carácter de interés general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Mariano A. Durand.