Secretaría de Hacienda

DEUDA PUBLICA

Resolución 177/98

Dispónese la emisión de "Bonos Externos Globales de la República Argentina en Euro 8.125 % 1998-2008" .

Bs. As., 15/4/98

B.O: 22/4/98

VISTO el Expediente Nº 001-001199/98 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley Nº 24.938, los Decretos Nº 1161 de fecha 5 de julio de 1994 y Nº 862 de fecha 29 de Agosto de 1997, y la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 142 del 24 de marzo de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1161/94 se encomendó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la registración de títulos de la deuda pública, ante la "SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION" de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por un importe que no superase la cifra de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL MILLONES (V.N. U$S 2.000.000.000.-).

Que por Decreto Nº 862/97 se incrementó el monto autorizado a registrar y emitir hasta un VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MIL MILLONES (V.N. U$S 12.000.000.000,-) que pueden ser utilizados en las autorizaciones de la Ley de Presupuesto de cada ejercicio o en el marco del artículo 65 de la Ley Nº 24.156.

Que por Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA Nº 142/98 se procedió a la registración de títulos de la deuda pública, ante la "SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION" de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA por un monto adicional de . hasta VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL MILLONES (V.N. U$S 2.000.000.000,-), alcanzando un monto total de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 10.850.000.000,-).

Que en el marco de la registración ante la "SECURITIES AND EXCHANGE COMMISSION" se pueden realizar emisiones en diferentes monedas registrándose el monto equivalente en DOLARES ESTADOUNIDENSES.

Que a partir del 1 de Enero de 1999 entrará en vigencia la UNION MONETARIA EUROPEA ( EUROPEAN MONETARY UNION EMU") según lo estipulado en el TRATADO DE MAASTRICHT de Diciembre de 1991, con una moneda única representada por el "EURO" unificándose los diferentes mercados financieros de EUROPA.

Que hasta la introducción de esta moneda todos los pagos relacionados con estos BONOS GLOBALES EN EUROS, serán realizados en ECU, a un tipo de cambio de UN (1) EURO por UN (1) ECU.

Que se ha recibido una oferta conjunta de PARIBAS CORPORATION, MERRILL LYNCH, PIERCE, FENNER & SMITH INCORPORATED y ABN AMRO BANK N.V. para realizar una colocación de UN BONO GLOBAL EN EURO por un VALOR NOMINAL DE EURO SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES ( V.N.EURO 750.000.000,-).

Que se ha recibido la opinión del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA especificada en el artículo 61 de la Ley Nº 24.156.

Que la Dirección de Administración de la Deuda Pública ha emitido su opinión con respecto a las autorizaciones presupuestarias establecidas por la planilla N° 8 anexa al artículo 6° de la Ley N° 24.938.

Que el suscripto se encuentra facultado para emitir la presente Resolución en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 24.938, el Decreto N° 1161 de fecha 15 de julio de 1994 modificado por el Decreto Nº 862 de fecha 29 de Agosto de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1º-Dispónese la emisión de "BONOS EXTERNOS GLOBALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA EN EURO 8.125 % 1998-2008", a través de un sindicato de bancos encabezados por PARIBAS CORPORATION, MERRILL LYNCH, PIERCE, FENNER & SMITH INCORPORATED Y ABN AMRO BANK N.V., de acuerdo con las siguientes condiciones financieras:

Monto: VALOR NOMINAL EURO SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. EURO 750.000.000.-).

Fecha de emisión y desembolso: 21 de Abril de 1998

Fecha de vencimiento: 21 de Abril de 2008

Amortización: integra al vencimiento.

Tasa de interés: OCHO CON CIENTO VEINTICINCO MILESIMOS POR CIENTO (8.125 %), pagadera semestralmente.

Precio de emisión: NOVENTA Y OCHO CON OCHENTA Y CUATRO CENTESIMOS POR CIENTO (98.84 %).

Comisión Neta: CERO CON SEISCIENTOS VEINTICINCO MILESIMOS POR CIENTO (0,625 %)

Forma de pago: hasta la introducción del EURO en la COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA que está fijada para el 1 de Enero de 1999, todos los pagos relacionados con los BONOS emitidos por el presente artículo, serán realizados en ECU a un tipo de cambio de UN (1) EURO por UN (1) ECU.

Gastos de colocación: hasta un importe de DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MIL (U$S 30.000,-).

Gastos de traducción: hasta un total de PESOS TRES MIL ($ 3.000.-).

Art. 2º-Apruébase el Contrato de Suscripción, y la enmienda al Contrato de Agencia celebrado con BANKERS TRUST COMPANY el 19 de Octubre de 1994, cuyos copias en idioma inglés y sus traducciones certificadas al idioma castellano, obran como Anexo a la presente Resolución.

Art. 3º-Autorízase al señor Subsecretario de Financiamiento, Dr. Miguel Alberto KIGUEL, o a la señora Representante Financiero en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Lic. Noemi LA GRECA, o al Representante Financiero Alterno en la misma ciudad, Dr. Carlos Eduardo WEITZ, o al señor Director Nacional de Informaciones y Negociaciones Crediticias, Lic. Federico Carlos MOLINA. o al Representante Financiero Alterno en EUROPA, Lic. Agustín VILLAR, suscribir en forma indistinta la documentación, sustancialmente acorde a la aprobada por el artículo 2º y toda aquella que resulte necesaria para instrumentar las operaciones referidas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Carlos A. Rodríguez.

NOTA: Esta Resolución se pública sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767 - Capital Federal).