Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 220/98

Incorpórase a la Fundación Argentina como Coejecutor de determinados proyectos del listado correspondiente a la Provincia de Entre Ríos, incluido en la Resolución 560/97.

Bs. As., 16/4/98

B.O: 22/4/98

VISTO la Resolución M.T. y S.S. Nº 182 de fecha 14 de marzo de 1997, y las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 280 de fecha 25 de junio de 1997, 413 y 414 ambas de fecha 3 de septiembre de 1997 y 560 de fecha 5 de noviembre de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la citada Resolución S.E. y C.L. Nº 560/97, se aprobaron los proyectos presentados en las distintas jurisdicciones, incluidos en los listados respectivos incorporados en el Anexo I de dicha Resolución.

Que en el listado correspondiente a la provincia de Entre Ríos se consignaron los proyectos identificados bajo los Nros. 06/0019/97 y 06/0021/97, cuyos Coejecutores son el Programa Social Agropecuario y la Subsecretaría de Desarrollo Rural, Económico Regional y Recursos Naturales de Entre Ríos.

Que el titular de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL (GECAL) de Entre Ríos solicito la inclusión de la FUNDACION ARGENINTA, como Coejecutor de los mencionados proyectos Nros. 06/0019/97 y 06/0021/97, fundando su pedido en importantes razones de índole administrativo.

Que corresponde entonces incluir en calidad de Coejecutor del proyecto de referencia a la persona jurídica citada anteriormente.

Que la presente se dicta conforme a las facultades conferidas por la citada Resolución M.T.S.S. Nº 182/97.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL RESUELVE:

Artículo 1º-Incorpórase en calidad de Coejecutor de los proyectos identificados bajo los Nros. 06/0019/97 y 06/0021/97, consignado en el listado correspondiente a la Provincia de Entre Ríos incluido en el ANEXO I de la Resolución S.E. y C.L. Nº 560/97, a la FUNDACION ARGENINTA.

Art. 2º-Regístrese, comuníquese en forma fehaciente a los ejecutores comprometidos por intermedio de la GECAL correspondiente a la jurisdicción respectiva, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese. -Diego A. Estevez.