Secretaría de Industria, Comercio y Minería

COMERCIO EXTERIOR

Resolución 285/98

Apruébase la ampliación de la solicitud de excepción presentada por Siderea S.A.I.C. y A., en el marco del Decreto Nº 557/95, referida a operaciones de exportación con destino a la República Federativa del Brasil.

Bs. As., 23/4/98

B.O: 27/04/98

VISTO el expediente Nº 060-006791/95 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma SIDEREA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA solicita se le otorgue el beneficio instituido por el Decreto Nº 557 del 19 de abril de 1995, y la Resolución ex-S.I. Nº 14 del 14 de agosto de 1995, para las operaciones de exportación emergentes de la ampliación prevista en el contrato celebrado con la COMPANHIA VALE DO RIO DOCE de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Dirección de Aplicación de la Política Industrial, dependiente de la Dirección Nacional de Industria, ha evaluado la misma de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 1º de la Resolución ex-S.I. Nº 14/95.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en virtud de lo establecido en el Artículo 4º del Decreto Nº 557/95 y en el Artículo 5º de la Resolución ex-S.I. Nº 14/95.

Por ello.

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º-Apruébase en el marco del Decreto Nº 557/95, la ampliación de la solicitud de excepción presentada por la firma SIDEREA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA, con domicilio en Esmeralda 1038, Piso 1º, Departamento 2, Capital Federal, referida a las operaciones de exportación con destino a la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL de los bienes que se detallan en listado que como anexo se adjunta a la presente resolución y que consta de UNA (1) foja.

Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto Nº 557/95, por la Resolución ex-S.I. Nº 14/95, por la presente, y por los compromisos y obligaciones asumidos por la beneficiaria en el Expediente M.E. y O. y S.P. Nº 060-006791/95, sus modificaciones y agregados.

Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos a que hubiere lugar, la firma SIDEREA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA, constituye domicilio especial en Esmeralda 1038, Piso 1º, Departamento 2, Capital Federal, donde serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4º-La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5º-Remíutase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL de INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,

Art. 6º-Notifíquese a la interesada.

Art. 7º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION Nº 285

Empresa: SIDEREA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROPECUARIA.

Producto a Exportar:
Posición N.C.M.
Descripción
Cantidad
8607-29-00Zapatas de alto coeficiente de fricción para vagones ferroviarios graneleros de 120 tn. de peso. 24.000 u.

Monto de exportación (Valor FOB):

DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS NOVENTA MIL CUATROCIENTOS (u$s. 290 400.-)