Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 270/98

Asígnanse recursos a las provincias de Córdoba, Chaco, Chubut, Jujuy, La Pampa, Misiones, Neuquén, Río Negro, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán para la aprobación de proyectos del Programa Trabajar II, presentados durante el mes de marzo de 1.998.

Bs. As., 31/03/98.

B. O.: 30/04/98.

VISTO la Ley Nº 24.013 por la cual el MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL tiene la facultad de entender en la elaboración de Políticas y Programas de Empleo y Capacitación Laboral; las Resoluciones M.T. y S.S. Nros.240 de fecha 16 de abril de 1.997 y 259 de fecha 27 de marzo de 1.998; y

CONSIDERANDO:

Que es responsabilidad del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL la ejecución del Programa TRABAJAR II.

Que resulta importante a través de los Programas de Empleo Transitorio contribuir a la realización de obras de infraestructura social y servicios de promoción y desarrollo comunitario, mejorar la calidad de vida de la población en particular de sectores de menores recursos así como brindar ocupación transitoria a los trabajadores pobres.

Que los recursos disponibles para el Programa TRABAJAR II se distribuyen teniendo en cuenta el porcentaje de la población objetivo por provincia, asegurando criterios de equidad en la cobertura del mencionado Programa.

Que la Resolución M.T. y S.S. Nº 259/98 asigna fondos para la ejecución de proyectos del Programa TRABAJAR II aprobados en el mes de marzo de 1.998.

Que en pos de atender a la especial situación de emergencia ocupacional que atraviesa la provincia de CORDOBA, CHACO, CHUBUT, JUJUY, LA PAMPA, MISIONES, NEUQUEN, RIO NEGRO, SAN JUAN, SAN LUIS, SANTA FE, SANTIAGO DEL ESTERO y TUCUMAN es necesario aprobar proyectos por un monto superior al asignado por Resolución M.T. y S.S. Nº 259/98.

Que durante el período invernal y como consecuencia de la rigurosidad climática, las provincias de SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO se vieron limitadas en la presentación de proyectos potencialmente viables, lo que motivó la subutilización del presupuesto.

Que las mencionadas provincias han solicitado aprobar proyectos por un monto superior al asignado por Resolución M.T. y S.S. Nº 259/98.

Que los fondos mencionados en los considerandos anteriores deberán ser descontados de lo que se asigne a dichas provincias durante el año 1.998.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º- Asignar a la provincia de CORDOBA la suma de PESOS NOVECIENTOS SETENTA MIL ($ 970.000), CHACO la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL ($ 463.000), CHUBUT la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL ($ 152.000), JUJUY la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL ($ 233.000), LA PAMPA la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL ($ 380.000), MISIONES la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTE MIL ($ 620.000), NEUQUEN la suma de PESOS CIENTO CATORCE MIL ($ 114.000), RIO NEGRO la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL ($ 266.000), SAN JUAN la suma de PESOS CIENTO CUATRO MIL ($ 104.000), SAN LUIS la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL ($ 96.000), SANTA CRUZ la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MIL ($ 138.000), SANTA FE la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL ($ 1.846.000), SANTIAGO DEL ESTERO la suma de PESOS OCHENTA Y UN MIL ($ 81.000), TIERRA DEL FUEGO la suma de PESOS SESENTA Y TRES MIL ($ 63.000) y TUCUMAN la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL ($ 279.000) para la aprobación de proyectos del programa TRABAJAR II presentados durante el mes de marzo de 1.998.

Art. 2º- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese. - Antonio E. González.