Ministerio de Economia y Obras y Servicios Públicos

IMPORTACIONES

Resolución 513/98

Acláranse los alcances de la Resolución Nº 512/98.

Bs. As., 24/4/98

B.O: 30/04/98

VISTO el Expediente Nº 061 -003358/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Resolución del mismo Ministerio Nº 512 de fecha 24 de abril de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la mencionada resolución se dispuso modificar el cronograma de liberalización establecido en el Anexo I de la Resolución de este Ministerio Nº 987 de fecha 10 de septiembre de 1997.

Que en atención al dictado de una medida cautelar por parte del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 6, Secretaría Nº 11, por la cual se suspende la aplicación de la Resolución MEYOSP Nº 987/97 respecto de diversas empresas, mientras transcurra la tramitación de los autos "ADIDAS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y Otros c/ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - Decreto Nº 1059/96 s/Proceso de Conocimiento", resulta conveniente aclarar los alcances de la citada Resolución Nº 512/98.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio se ha expedido en el ámbito de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferida por la Ley Nº 24.425 y el Decreto Nº 1059/96.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º-Aclárase que lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución MEYOSP Nº 512 de fecha 24 de abril de 1998, no resulta de aplicación a las operaciones de importación que realicen las empresas ADIDAS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA; FILA (ARGENTINA) SOCIEDAD ANONIMA; FITALSE SOCIEDAD ANONIMA; GRIMOLDI SOCIEDAD ANONIMA; NIKE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y RBK ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en tanto se encuentre vigente la medida cautelar a que se refiere el segundo Considerando de la presente.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Roque B. Fernández.