Ministerio de Salud y Acción Social

CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO

Resolución 435/97

Incorpóranse Resoluciones del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, referidas a reglamentos técnicos de identidad y calidad, en relación con aditivos alimentarios, quesos Pategras Sandwich, Tandil, Tilsit, Tybo y masa para elaborar queso muzzarella.

Bs. As., 26/6/97

VISTO las Leyes 18.284 y 23.981 y el Protocolo de Ouro Preto y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley mencionada en último termino, se aprobó el Tratado suscripto el 26 de marzo de 1991, para la constitución de un Mercado Común entre la REPUBLICA ARGENTINA, la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, la REPUBLICA del PARAGUAY y la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.

Que en el Capítulo I, artículo 1º del Tratado citado, los Estados Parte acordaron constituir el referido Mercado Común, asumiendo el compromiso de incorporar en la legislación nacional en las áreas que corresponda, las armonizaciones logradas de bienes, servicios y factores para la libre circulación de los mismos.

Que es necesaria la incorporación de las Resoluciones del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, al Código Alimentario Argentino.

Que es necesario derogar toda aquella legislación que se oponga al dictado de la presente Resolución.

Que la Administración Nacional de Medicamentos. Alimentos y Tecnología Médica ha tomado intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 2º, inciso h), apartado 1 º del Decreto 101/85.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD Y ACCION SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1°-Incorpórase al Código Alimentario Argentino, la totalidad de las Resoluciones que se adjuntan como Anexo A y se enumeran a continuación:

1. (Punto derogado por art. 2° de la Resolución Conjunta N° 38/2007 y 74/2007 de la Secretaría de Políticas, Regulación y Relaciones Sanitarias y la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos B.O. 27/3/2007).

2. Resolución Grupo Mercado Común 29/96 Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso Danbo.

3. Resolución Grupo Mercado Común 30/96 Identidad y Calidad del Queso Pategras Sandwich.

4. Resolución Grupo Mercado Común 31/96 Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso Tandil.

5. Resolución Grupo Mercado Común 32/96 Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso Tilsit.

6. Resolución Grupo Mercado Común 34/96 Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad de la Masa para Elaborar Queso Muzzarella.

7. (Punto derogado por art. 2° de la Resolución Conjunta N° 116/2012 y 356/2012 de la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos y de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca respectivamente B.O. 24/07/2012. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, otorgándoseles a las empresas un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos para su adecuación)

8. Resolución Grupo Mercado Común 42/96 Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso Tybo.

Art. 2°-Se deroga toda legislación del Código Alimentario Argentino que se oponga a la presente Resolución.

Art. 3°-Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, otorgándoseles a las empresas un plazo de 90 (NOVENTA) días para su adecuación.

Art. 4°-Comuníquese mediante copia autenticada de esta Resolución a la Secretaría General Permanente del MERCOSUR con sede en la Ciudad de Montevideo para conocimiento de los Estados-Parte.

Art. 5°-Comuníquese mediante copia autenticada al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto - Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común Sección Nacional.

Art. 6°-Comuníquese a las Autoridades Sanitarias Provinciales y a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 7°-Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, comuníquese y archívese.-Alberto Mazza.

NOTA: Los Anexos correspondiente a esta resolución podrán ser consultados en el B.O. del día 14/05/98 (Suplemento).