PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 506/98

Creación de la Subsecretaría de Desarrollo Social, en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Social. Objetivos. Modifícase el Decreto Nº 660/96.

Bs. As., 13/5/98

B.O: 18/05/98

VISTO el Decreto N° 660/96 y modificatorios y

CONSIDERANDO:

Que por la norma citada se aprobó el organigrama de aplicación en el ámbito de la Administración Pública centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 1455/96 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, adecuándola a las políticas fijadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para la reforma y modernización del Estado.

Que habiéndose analizado la estructura vigente se hace necesario profundizar las transformaciones efectuadas oportunamente, resultando propicia la creación de un área que asista y asesore en forma permanente al titular de dicha Secretaría y que actúe como nexo de apoyo en la coordinación de las acciones de la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL y de los organismos que de ella dependen.

Que ha tomado intervención la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 15 de la Ley N° 24.938.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Créase la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL en el ámbito de la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 2º-Sustitúyese el Anexo I del Decreto N° 660/96 y sus modificatorios en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, cuya conformación será la siguiente:

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARIA DE VIVIENDA

SUBSECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES

SUBSECRETARIA DE PROYECTOS SOCIALES

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

Art. 3º-Apruébanse los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL, de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 4º-Modifícase la Distribución Administrativa del Presupuesto de la Administración Nacional - Recursos Humanos - de la Jurisdicción 20.12 - SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según planilla anexa.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.

ANEXO al Artículo 3°

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

OBJETIVOS:

1. Asistir y asesorar al SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL en forma permanente y directa.

2. Actuar como nexo de apoyo en la coordinación de las acciones de la Secretaría y de los Organismos que de ella dependen.

3. Asistir al SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL en la elaboración y coordinación de la política social del Gobierno para la promoción, integración y desarrollo de los grupos humanos con problemas sociales.

4. Intervenir en la gestión, verificación y mejoramiento de la asistencia social y sus planes de desarrollo en el ámbito nacional, provincial y municipal.

Planilla Anexa al artículo 4°

JURISDICCION 20-12

RECURSOS HUMANOS DE LA ACTIVIDAD 0
CARGO O CATEGORIACANT. DE CARGOS Y HORAS CATEDRA RETRIBUCION DEL CARGO
PERSONAL PERMANENTE
AUTORIDADES SUPERIORES DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL
Subsecretario
1
60.000
Subtotal Escalafón
1
60.000

TOTAL ACTIVIDAD