PERSONAL MILITAR

Decreto 512/98

Autorízase el desplazamiento a Panamá (República de Panamá) en comisión "transitoria" de un Oficial Jefe.

Bs. As., 13/5/98

B.O :18/05/98

VISTO la Reunión del Grupo sobre Derechos Humanos, que se realizó en la REPUBLICA DE PANAMA, lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que a efectos de cumplimentar la participación del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, en una reunión a nivel de Grupo de Trabajo relacionado con el programa de Actividades Tradicionales del Comandante del Comando Sur de ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para evaluar el tema "Medidas de Progreso en los Derechos Humanos", entre los días 16 y 20 de junio de 1997, se designó a UN (1) Oficial Jefe, para que se traslade a PANAMA (REPUBLICA DE PANAMA).

Que el Grupo Militar de la Embajada de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA en nuestro país cubrió los gastos de traslado, alojamiento y comida.

Que se asignó al Oficial Jefe la suma de TRESCIENTOS VEINTE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 320), por DOS (2) días de viático CIEN POR CIENTO (100 %), de acuerdo con lo establecido en el Artículo 3° del Decreto N° 280 del 23 de febrero de 1995.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Artículo 99. incisos 1 y 12. de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Dase por autorizado el desplazamiento en comisión "transitoria", a partir del 16 de junio de 1997 y por el término de CINCO (5) días, del Teniente Coronel D. Carlos Héctor IGLESIAS (LE N° 7.651.170), a PANAMA (REPUBLICA DE PANAMA), para participar en la Reunión del Grupo de Trabajo relacionado con el Programa de Actividades Tradicionales del Comandante del Comando Sur de ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para evaluar las "Medidas de Progreso en los Derechos Humanos".

Art. 2º-Convalídase la asignación al mencionado Oficial Jefe, de la suma de TRESCIENTOS VEINTE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 320), por DOS (2) días de viático, correspondientes al de salida y al de regreso, de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 3° del Decreto N° 280/95.

Art. 3º-Las erogaciones emergentes del cumplimiento del presente Decreto fueron atendidas con las partidas presupuestarias asignadas a la Jurisdicción 4520 - MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-MENEM-Jorge Domínguez.