OBRAS PUBLICAS

Decreto 581/98

Apruébanse la adjudicación por el sistema de Concesión de Obra Pública con pago de peaje de la construcción, conservación, mantenimiento, administración y explotación de la obra de la Conexión Física entre las ciudades de Rosario, Provincia de Santa Fe, y Victoria, Provincia de Entre Ríos y el Contrato de Concesión suscripto con el consorcio integrado por Impregilo Sociedad por Acciones, Iglys S.A., Hochtief Aktiengesellechaft Vorm. Gebr. Helfmann, Techint Compañia Técnica Internacional S.A.C. e I. y Benito Roggio e Hijos S.A.

Bs. As., 14/5/98

B.O: 19/5/98

VISTO el Expediente N° 561-025748/95 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.520, modificada por su similar N° 23.696 permite que a través del régimen de concesión de obra pública con pago de peaje se encare la construcción, conservación, mantenimiento, administración y explotación de obras de las características de la Conexión Física entre las ciudades de ROSARIO. Provincia de SANTA FE, y VICTORIA, Provincia de ENTRE RIOS.

Que por el Decreto N° 855 del 6 de diciembre de 1995 modificado por su similar N° 650 del 15 de julio de 1997 se dispuso llevar adelante esa tarea, fijándose las pautas fundamentales a que debía ajustarse la correspondiente concesión de obra.

Que por Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 815 del 23 de julio de 1997 se dispuso el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional para la adjudicación de la Concesión de Obra Pública para la construcción, conservación, mantenimiento, administración y explotación de la obra Conexión Física entre la ciudades de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, y VICTORIA, Provincia de ENTRE RIOS.

Que por la Resolución citada en el considerando precedente se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones que estableció el proceso conforme al cual se llevó a cabo la selección del Postulante Ganador.

Que por Resolución N° 13 de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 19 de setiembre de 1997 resultaron calificados en condiciones de ofertar los siguientes consorcios: a) DRAGADOS Y CONSTRUCCIONES S.A. y otros, b) IMPREGILO SOCIEDAD POR ACCIONES y otros c) INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y otros, y d) TRITURADOS BASALTICOS Y DERIVADOS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y otros.

Que por Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 1076 de fecha 25 de septiembre de 1997 se aprobó el texto definitivo del Contrato de Concesión de la obra que se licita, que los Postulantes Calificados entregaron firmados juntamente con sus ofertas.

Que por Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 1309 del 13 de noviembre de 1997 se declaró como Postulante Ganador al consorcio integrado por: IMPREGILO SOCIEDAD POR ACCIONES, IGLYS SOCIEDAD ANONIMA, -HOCHTIEF AKTIENGESELLSCHAFT VORM. GEBR. HELFMANN, TECHINT COMPAÑIA TECNICA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL y BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, habida cuenta que ajustó la totalidad de la documentación técnico-económica acompañada a los requerimientos del Pliego y sus Circulares y presentó la mejor Oferta.

Que el día 28 de enero de 1998, el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, Doctor Roque Benjamín FERNANDEZ, suscribió, en su carácter de Autoridad de Aplicación el pertinente Contrato de Concesión, cuya partida presupuestaria fuera aprobada por la Ley N° 24.938, ad referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que conforme a lo establecido en Artículo 5° del Contrato de Concesión el Postulante Ganador procedió a constituir la Sociedad Concesionaria cuyo Estatuto fuera aprobado por Resolución N° 839 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de fecha 23 de marzo de 1998 e inició los trámites por ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA.

Que todo lo actuado en la licitación de marras se ha ajustado a lo dispuesto por las leyes y demás actos administrativos citados en los considerandos precedentes.

Que corresponde, en consecuencia, la aprobación del Contrato de Concesión que ha sido suscripto por el Postulante Ganador y el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos ad referendum del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.

Que, por otra parte, está previsto que dentro de los CINCO (5) días de publicado en el Boletín Oficial el presente Decreto, la Sociedad Concesionaria deberá tener constituidas todas las garantías contractuales correspondientes.

Que ha tomado la intervención que le compete asimismo, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS dictaminando sin observaciones.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 17.520, modificada por su similar N° 23.696 y por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Apruébase la adjudicación por el sistema de Concesión de Obra Pública con pago de peaje de la construcción, conservación, mantenimiento, administración y explotación de la obra de la Conexión Física entre las ciudades de ROSARIO, Provincia de SANTA FE y VICTORIA, Provincia de ENTRE RIOS, resultante de la Licitación Pública Nacional e Internacional dispuesta por Resolución N° 815 del 23 de julio de 1997 del MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y todo lo actuado por el citado ministerio.

Art. 2°-Apruébase el Contrato de Concesión suscripto por el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos con el consorcio integrado por: IMPREGILO SOCIEDAD POR ACCIONES, IGLYS SOCIEDAD ANONIMA, HOCHTIEF AKTIENGESELLSCHAFT VORM. GEBR, HELFMANN, TECHINT COMPAÑIA TECNICA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL y BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA que en fotocopia autenticada forma parte integrante del presente decreto como Anexo I.

Art. 3°-Facúltase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a efectuar las modificaciones a dicho Contrato de Concesión que eventualmente resultarán necesarias, las que deberán ser congruentes con los documentos y objetivos que rigieron la Licitación.

Art. 4°-Facúltase al Señor Secretario de Obras Públicas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a realizar las interpretaciones y aclaraciones que demande el Contrato de Concesión que se aprueba por el presente decreto.

Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM.-Jorge A. Rodríguez.- Roque B. Fernández.- Carlos V. Corach.

NOTA: Este Decreto se pública sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).