Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 331/98

Asígnanse recursos a proyectos del Programa Trabajar II de la provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 14/5/98

B.O: 21/05/98

VISTO la Ley N° 24.013; las Resoluciones M.T. y S.S. Nº 240 de fecha 16 de abril de 1997 y 311 de fecha 23 de abril de 1998; la Resolución S.E. y C.L. N° 202 de fecha 8 de mayo de 1997; el Acta emitida por la Unidad Regional de Aprobación del Programa TRABAJAR II de la región Buenos Aires el mes de abril; y

CONSIDERANDO:

Que durante los días 27 al 29 de abril de 1998 se constituyó la Unidad Regional de Aprobación del Programar TRABAJAR II (URAT) en la región Buenos Aires a efectos de evaluar y aprobar los proyectos presentados durante el mes de abril de 1998.

Que en dicha URAT han participado, en carácter de observadores, Representantes del Sector Empresario, de la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO (CGT) y de los Gobiernos Provinciales.

Que es necesario elevar mensualmente al SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO N° 353 (S.A.F.), la nómina de los proyectos aprobados por las URAT, a fin de que el mismo comprometa el monto correspondiente a cada proyecto.

Que las actividades propuestas en los proyectos aprobados por la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL deberán ejecutarse en su totalidad respetando los beneficiarios y recursos asignados.

Que la Resolución M.T. y S.S. N° 311/98 asigna fondos para la ejecución de proyectos del Programa TRABAJAR II aprobados en el mes de abril de 1998.

Que la presente encuadra en los artículos 143 y 150 de la Ley N° 24.013, y en el artículo 9° de la Resolución M.T. y S.S. N° 240/97, y se dicta en ejercicio de las facultades establecidas por la Resolución S.E. y C.L. N° 202/97.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:

Artículo 1º-Asignar a los proyectos del Programa TRABAJAR II de la provincia de BUENOS AIRES, los recursos que se indican en las planillas que integran el ANEXO I de la presente Resolución. Dichos recursos serán deducidos de los fondos asignados por Resolución M.T. y S.S. Nº 311/98.

Art. 2º-Los proyectos aprobados dieron inicio a sus actividades a partir del día estipulado en la columna de fecha de inicio detallado en el ANEXO I.

Art. 3°-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese.-Diego A. Estévez.

NOTA: Los Anexos correspondientes a esta Resolución, podrán ser consultados en el Boletín Oficial del día 21/05/98 (pág. 3).