Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 1154/98

Establécese la asignación de numeración a Compañía de Radiocomunicaciones Móviles S.A. y Nextel Argentina S.R.L., a efectos de ser aplicada en la implementación de la modalidad "Abonado Llamante Paga" (CPP) para el Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces, con carácter transitorio.

Bs. As., 18/5/98

B.O: 21/5/98

VISTO lo tramitado en el Expediente N° EXPCNTE. 028968/96, las Resoluciones S.C. N° 844/97 y 263/97 y

CONSIDERANDO:

Que la COMPAÑIA DE RADIOCOMUNICACIONES MOVILES S.A. y NEXTEL ARGENTINA S.R.L. han solicitado numeración para la implementación de la modalidad "Abonado Llamante Paga" (CPP) en el Area Múltiple Buenos Aires.

Que la modalidad de pago denominada "Abonado Llamante Paga" ha sido implementada exitosamente en los servicios de Radiocomunicaciones Móvil Celular y de Telefonía Móvil, verificándose un importante beneficio para los clientes móviles.

Que conforme surge del punto 4.10 del Reglamento del Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces, aprobado por la Resolución CNT N° 1815/95 y modificado por la Resolución SC N° 844/97, estos servicios se encuentran habilitados para implementar la modalidad de pago denominada "Abonado Llamante Paga", debiendo los prestadores encuadrarse en la reglamentación general vigente para los servicios móviles.

Que la mencionada reglamentación general fue dictada mediante la Resolución SC N° 263/97.

Que en virtud de lo expuesto corresponde acceder a las solicitudes de la COMPAŅIA DE RADIOCOMUNICACIONES MOVILES S.A. y NEXTEL ARGENTINA S.R.L., otorgando la numeración solicitada.

Que las cantidades que se prevé asignar han sido analizadas en base de la disponibilidad de numeración existente en la mencionada localidad y los requerimientos del prestador.

Que han tomado la intervención que respectivamente les compete las Gerencias de Control y de Jurídicos y Normas Regulatorias del organismo de origen.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el del Anexo II del Decreto N° 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

Artículo 1°-Asígnase, con carácter transitorio -ya que los prestadores deberán adecuarse a lo dispuesto por el Plan Fundamental de Numeración Nacional- a la COMPAŅIA DE RADIOCOMUNICACIONES MOVILES S.A. y a NEXTEL S.R.L. la numeración que como Anexo I integra la presente, a efectos de ser aplicada en la implementación de la modalidad "Abonado Llamante Paga" (CPP) para el Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

Art. 2°-La COMPAŅIA DE RADIOCOMUNICACIONES MOVILES S.A. y NEXTEL ARGENTINA S.R.L. deberán cumplir con lo dispuesto en la Resolución SC N° 263/97 y deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación los acuerdos celebrados con otros prestadores para la implementación de la modalidad "Abonado Llamante Paga" en forma previa a su instrumentación comercial.

Art. 3°-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Germán Kammerath.

ANEXO I

1 - Numeración asignada a la COMPAŅIA DE RADIOCOMUNICACIONES MOVILES S.A.
LOCALIDAD
CANTIDAD

DE NUMEROS
INDICATIVO

INTERURBANO
NUMERO LOCAL
AREA MULTIPLE

BUENOS AIRES
10.000
1
995 MCDU


2 - Numeración asignada a NEXTEL S.R.L.
LOCALIDAD
CANTIDAD

DE NUMEROS
INDICATIVO

INTERURBANO
NUMERO LOCAL
AREA MULTIPLE

BUENOS AIRES
10.000
1
996 MCDU