Instituto Nacional de Vitivinicultura

VITIVINICULTURA

Resolución C. 51/98

Fíjanse límites mínimos de tenor alcohólico real para los Vinos de Mesa y/o Regionales, elaboración 1998 unificados con remanentes de elaboración 1997 y anteriores, que se liberen al consumo en las zonas de origen: La Rioja y Catamarca.

Mendoza, 15/5/98

B.O: 22/05/98

VISTO la Ley Nº 14.878, la Resolución N° C-71/92, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº C-71/92 en su punto 1º Inciso 1.1 Apartados a) y b), establece que el Organismo fijará anualmente el grado alcohólico mínimo que deben contener los Vinos de Mesa y Regionales para su liberación al consumo.

Que el Operativo Control Cosecha y Elaboración llevado a cabo en las zonas de origen de La Rioja y Catamarca ha permitido a este Instituto reunir antecedentes técnicos suficientes para determinar la riqueza alcohólica de los caldos obtenidos, de acuerdo a los tenores azucarinos de las uvas de las cuales provienen.

Que los diversos microclimas existentes en las referidas zonas determinan apreciables diferencias en la graduación alcohólica de los productos elaborados en los diferentes establecimientos.

Que las características de comercialización de estas zonas, determinan un mercado de traslado prácticamente inexistente, envasando cada uno de ellos los productos de su elaboración.

Que lo expuesto precedentemente aconseja fijar el grado alcohólico 1998 por bodega, unificado con los volúmenes de vinos remanentes de la cosecha 1997 y anteriores.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566, el Decreto-Ley N° 2284/91 y el Decreto N° 1084/96,

EL DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°-Fíjase los límites mínimos de tenor alcohólico real para los Vinos de Mesa y/o Regionales, elaboración 1998 unificados con remanentes de elaboración 1997 y anteriores. que se liberen al consumo en las zonas de origen: La Rioja y Catamarca, conforme los Anexos I y II que se adjuntan como parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º-Consíderase grado alcohólico real, el contenido como tal en el vino, determinado mediante método oficial, sin tener en cuenta el alcohol potencial del probable contenido de azucares reductores en el producto, remanentes de su fermentación.

Art. 3º-Los análisis de Libre Circulación requeridos a partir de la puesta en vigencia de la presente, deberán reunir los requisitos establecidos en los Anexos citados en el punto 1º de la misma. Los correspondientes a vinos 1997 y anteriores, caducarán automáticamente a partir del 17 de junio de 1998, sin que ello de lugar al reintegro de los aranceles analíticos equivalentes a los volúmenes no despachados.

Art. 4º-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, notifíquese y cumplido, archívese. - Félix R. Aguinaga.
 
ANEXO I A LA RESOLUCION N° C. 51/98
 
GRADO ALCOHOLICO 1998 - ZONA DE ORIGEN: LA RIOJA
 
VINO REGIONAL

 
N° BODEGA
RAZON SOCIAL
BLANCO
COLOR
P-70054
RAMON ESTANISLAO DELGADO 
-
12,70
P-70066
PABLO ANDRES DIAZ 
-
12,50
P-70134
SAUL MENEM E HIJOS S.A. 
12,70
12,80
P-70195
MICHEL PEDRO SAADI 
12,20
12,20
P-70343
EXPORTADORA RIOJANA S.A. 
-
12,10
P-70355
VERA BARROS Y CIA. S.R.L. 
11,50
-
P-73019
BGA. SANTA MARIA S.R.L. 
11,80
11.50
P-73020
B.Y.V. EL AGUILA S.R.L. 
12,10
11,80
P-73148
LA RIOJANA COOP. VIT. DE LA RIOJA 
11,90
11,90
P-73277
BGA. LA RIOJA SACI y A 
12,00
12,10
P-73289
MOTEGAY S.A. 
11,70
11,70
P-73413
ADRIAN FARID NASIF 
-
11,90
P-73437
BENINI Y CREDE S.A. 
12,00
12,00
P- 73449
B.Y.V. ANGUINAN S.A. 
11,40
12,10
P-73498
JOSE ANTONIO GONZALEZ 
11,70
-
P-73505
ING. JOSE FERREZ 
12,30
-
P-73542
JOSE JUAN O. ELIAS 
12,70
12,70
P-73685
ALFREDO NICOLAS NADER 
12,20
12,40
P-73646
L. DEL C. SALAS DE MASUD Y O. 
-
12,20
 
VINO DE MESA
 
N° BODEGA
RAZON SOCIAL
BLANCO
COLOR
P-73646
L. DEL C. SALAS DE MASUD Y O. 
-
14,20
 
ANEXO II A LA RESOLUCION N° C. 51/98
 
GRADO ALCOHOLICO 1998 - ZONA DE ORIGEN: CATAMARCA
 
VINO REGIONAL
 
N° BODEGA
RAZON SOCIAL
BLANCO
COLOR
P-72084
OMAR Y JORGE JAIS S.H. 
11,70
11,40
P-72103
B. Y V. VITTORIO LONGO S.A. 
12,10
12,40
P-72127
NANINI Y CIA. S.R.L. 
13,20
12,20
P-72152
ELIAS J. SALEME S.A. 
12,90
12,80
P-72220
PACTAR S.H. 
-
13,70