BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "A" 2707 (2l/05/98) Ref: Circular OPASI 2-187. Zonas en estado de emergencia o desastre por las inundaciones. Suspensión de las sanciones contempladas en la Ley de Cheques.

B.O: 04/06/98

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"1. Suspender hasta el 4.5.98 inclusive -atento lo establecido en el artículo 2º del Decreto 462/98-, la aplicación de las sanciones contempladas en la Ley de Cheques respecto de aquellos documentos rechazados por falta de provisión de fondos, librados por las personas físicas y jurídicas radicadas en las zonas declaradas en estado de emergencia o desastre, a consecuencia de las inundaciones, y desde las fechas de iniciación que constan en las resoluciones conjuntas del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y del Ministerio del Interior contenidas en el Anexo a la presente comunicación.

2. Determinar que en lugar de radicación a que alude el artículo 1ºdel Decreto 462/98, se acredite mediante la presentación de la certificación prevista en el artículo 8º de la Ley 22.913 o por el domicilio que el titular de la cuenta tenga registrado ante el banco girado y que conste impreso en el cuerpo del cheque, según lo establecido en el artículo 4º de la Ley de Cheques.

3. Establecer que a fin de dejar sin efecto las comunicaciones de rechazo, por aplicación de lo previsto en el punto 1. de la presente resolución, regirá el procedimiento a que se refiere el punto 1.4.5. de la reglamentación de la cuenta corriente bancaria (texto según la Comunicación "A" 2576), con la salvedad de que no deberá abonarse cargo alguno por compensación de gastos."
B.C.R.A.RESOLUCIONES CONJUNTAS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Anexo a la Com. "A" 2707

- Resolución Conjunta 121/98 y 9/98 del 28.1.98

- Resolución Conjunta 138/98 y 18/98 del 29.1.98

- Resolución Conjunta 304/98 y 26/98 del 11.3.98

- Resolución Conjunta 394/98 y 33/98 del 27.3.98

- Resolución Conjunta 398/98 y 37/98 del 27.3.98

- Resolución Conjunta 409/98 y 42/98 del 3.4.98

- Resolución Conjunta 470/98 y 53/98 del 21.4.98

- Resolución Conjunta 473/98 y 56/98 del 21.4.98

- Resolución Conjunta 546/98 y 60/98 del 30.4.98

- Resolución Conjunta 547/98 y 61/98 del 30.4.98

e. 4/6 Nº 229.964 v. 4/6/98