PERSONAL MILITAR

Decreto 637/98

Nombramiento de Agregado de Defensa y Agregado Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada en la República Federal de Alemania con extensión en el Reino de Suecia, en comisión "permanente".

Bs. As., 4/6/98

B.O: 11/06/98

VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo prescripto en el Artículo 8° de la Resolución N° 426 del Ministerio de Defensa, de fecha 16 de diciembre de 1996, se dejaron sin efecto las Agregaciones Militares, Navales y Aéreas a las Embajadas de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA y la REPUBLICA FRANCESA y se creó la Agregaduría de Defensa en dichos países, debiendo ser cubiertas en forma rotativa por las TRES (3) Fuerzas Armadas.

Que por el régimen de rotación establecido para dichos cargos, correspondió al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, cubrir la Agregaduría en la REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA.

Que la medida que se propone encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y el Artículo 10, de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Dase por nombrado a partir del 15 de enero de 1997, en comisión "permanente" y por el término de SETECIENTOS SESENTA (760) días, al señor Capitán de Navío D. Reinaldo Daniel Corvalan (DNI N° 7.681.027), como Agregado de Defensa y Agregado Militar, Naval Aeronáutico a la Embajada de la REPUBLICAARGENTINA en la REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA con extensión en el REINO DE SUECIA.

Art. 2°-Dase por ampliada la jurisdicción del citado Oficial Superior al REINO DE LOS PAISES BAJOS, por el término de TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS (396) días, a partir del 15 de enero de 1998.

Art. 3°-Las erogaciones emergentes del cumplimiento del presente Decreto serán atendidas con las partidas asignadas a la jurisdicción 4522-ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.

Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-MENEM.-Jorge Domínguez.-Guido Di Tella.