CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES

Decreto 724/98

Modifícase el Decreto N° 510/98, que dispuso el cese de la intervención una vez que se hubiere constituido el Directorio de la misma, incorporando la previsión contenida en el artículo 5º del Estatuto ratificado por la Ley Nº 17.422. Desígnase Interventor.

Bs. As., 18/6/98

B.O: 19/6/98

VISTO las Leyes Nros. 17.422 y 17.475 y los Decretos Nros. 458/97, 510/98, 606/98 y 616/98, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto 458/97, fue aceptada la renuncia presentada por el entonces interventor de la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES señor D. Ricardo Horacio RE.

Que posteriormente por Decreto Nº 510/98 se dispuso el cese de la intervención a la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, una vez que se hubiere constituido el Directorio de la misma en los términos del artículo 2º del Estatuto ratificado por la Ley Nº 17.411.

Que, por su parte, el artículo 5º del citado Estatuto dispone que se requiere la presencia de la mitad más uno de los miembros del Directorio para poder deliberar y tomar acuerdos.

Que si bien el Gobierno Nacional designó a sus representantes mediante Decretos Nros. 606/98 y 616/98, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aún no han designado a los demás integrantes del Directorio.

Que, en consecuencia y a fin de posibilitar un mejor funcionamiento de la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES se estima conveniente modificar el Decreto Nº 510/98 incorporando como supuesto para el cese de la intervención, la previsión contenida en el artículo 5º del Estatuto ratificado por la Ley Nº 17.422 en cuanto dispone que el Directorio de la referida Corporación para poder deliberar y tomar acuerdos deberá contar con la presencia de la mitad mas uno de sus miembros.

Que, asimismo y hasta tanto se dé cumplimiento a lo establecido en el citado Decreto Nº 510/98 resulta necesario designar en reemplazo del interventor renunciante a uno de los funcionarios nombrados como representantes del Gobierno Nacional para desempeñar dicho cargo en la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes dei artículo 99 incisos 1 y 7 de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Sustitúyese el artículo 1º del Decreto N° 510 del 13 de mayo de 1998, por el siguiente:

"Déjase sin efecto la intervención a la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, dispuesta por el Decreto Nº 1905 del 10 de setiembre de 1993 y sus modificatorios, una vez que se haya constituido el Directorio de la misma de conformidad con el artículo 2° del Estatuto ratificado por la Ley Nº 17.422 o hasta tanto dicho Directorio se encuentre en condiciones de deliberar y tomar acuerdos en los términos del artículo 5º del citado Estatuto".

Art. 2°-Desígnase interventor de la CORPORACION DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, al señor Ingeniero Agrónomo D. Miguel Alfredo FERRE (M.I. Nº 7.739.626).

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.-Carlos V. Corach.- Roque B. Fernández.