Comisión Nacional de Trabajo Agrario

TRABAJO AGRARIO

Resolución 4/98

Establécense nuevas categorías para los trabajadores permanentes que se desempeñan en explotaciones agrarias de manera continua o transitoria (ex-Estatuto del Peón), a partir del 1º de julio de 1998 en todo el País.

Bs. As., 16/6/98

B.O: 24/06/98

VISTO, los expedientes Nros. 29.231/96 y 66.821/98 y Acta Nº 6/98 de la COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO, y

CONSIDERANDO:

Que en los expedientes mencionados precedentemente se proponen nuevas categorías para los trabajadores permanentes que se desempeñan en explotaciones agrarias de manera continua o transitoria (ex-Estatuto del Peón), en todo el País.

Que, considerada dicha propuesta y habiendo coincidido las representaciones sectoriales debe procederse a su determinación.

Que, en consecuencia, corresponde hacer uso de las facultades conferidas por el art. 86 de la Ley 22.248.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

Artículo 1º-Establecer nuevas categorías para los trabajadores permanentes que se desempeñan en explotaciones agrarias de manera continua o transitoria (ex-Estatuto del Peón), a partir del 1º de julio de 1998 en todo el País; las cuales se enuncian a continuación: Peón Unico, Peón de Haras, Domador, Peón de Cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos), Maquinista de máquina cosechadora y agrícola, Inseminador, Apicultor y Cunicultor.

Art. 2º-La Tabla de Categorías correspondiente a los trabajadores comprendidos en el marco del ex-Estatuto del Peón, quedará diseñada como se indica en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Art. 3º-Registrar, comunicar al MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL a efectos de su remisión a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archivar.-Jorge L. Ginzo.-Daniel Sarmiento.-Jorge Herrera.-Oscar H. Gil.-Ricardo Bonavida.-Daniel Boo.-Carlos A. Hubert.-Ricardo Grether.-Eduardo Bermúdez.

ANEXO

RESOLUCION CNTA Nº 04/98

REGIMEN NACIONAL DE TRABAJO

AGRARIO (LEY 22.248)

NUEVAS CATEGORIAS INCORPORADAS EN LA TABLA SALARIAL PARA EL PERSONAL PERMANENTE QUE SE DESEMPEÑA EN EXPLOTACIONES AGRARIAS DE MANERA CONTINUA O TRANSITORIA.

- PEONES GENERALES

- AYUDANTES DE ESPECIALIZADOS, PEON UNICO

ESPECIALIZADOS:

- Peones que trabajan en el cultivo de arroz, Peones de Haras, Peones de Cabañas (Bovinos, Ovinos y Porcinos).

- Ovejeros

- Albañiles, Apicultores, Carniceros, Carpinteros, Cocineros, Cunicultores, Despenseros, Domadores, Fruticultores, Herreros, Inseminadores, Jardineros, Mecánicos (Generales y Molineros), Panaderos, Pintores, Quinteros y Talabarteros.

- Ordeñadores en explotaciones tamberas.

- Ordeñadores en explotaciones tamberas y que además desempeñen funciones de carreros.

- Conductores Tractoristas, Maquinistas de Máquina Cosechadora y Agrícola.

- Mecánicos Tractoristas

PERSONAL JERARQUIZADO:

Puesteros

Capataces

Encargados

MENORES:

De 14 a 15 años

De 15 a 16 años

De 16 a 17 años

De 17 a 18 años