Administración Federal de Ingresos Públicos

ADUANAS

Resolución General 154/98

Derogación del Comité Técnico de Homologación.

Bs. As., 25/6/98

B.O.: 29/06/98

VISTO las actuaciones tramitadas en los Expedientes Nº 432.642/96 y EAA Nº 410.591/96 de la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 2234 de fecha 30 de agosto de 1994, del mencionado organismo se constituyó el Comité Técnico de Homologación S.I.M..

Que la constitución del referido Comité de Homologación tuvo como objetivo primordial efectivizar el estudio, la evaluación y aprobación de programas aplicativos diseñados por los usuarios del Sistema Informático MARIA.

Que con fecha 20 de Septiembre de 1994 los integrantes del Comité elevaron a la ex-ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS por Nota Nº 984/94, una propuesta sobre las misiones y acciones del mismo.

Que con posterioridad el Comité propone mediante Nota ANMA Nº 1605/96 dejar sin efecto la Resolución Nº 2234/94, en virtud de los fundamentos expresados en la misma.

Que en igual sentido corresponde aplicar el mismo procedimiento con las Resoluciones dictadas oportunamente, para no generar diferencias entre los usuarios externos.

Que por Nota ANAU Nº 1118/96 de fecha 27 de junio de 1996, la Unidad de Auditoría Interna considera que corresponde dar conocimiento a la Gerencia de Control del Sector Económico de la SIGEN.

Que en la intervención que le compete a la SIGEN, como resultado del análisis practicado en las actuaciones, no formula observaciones de carácter técnico a la propuesta de dejar sin efecto la Resolución ANA Nº 2234/94.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el art. 7º, del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:

Artículo 1º.-Dejar sin efecto la Resolución Nº 2234/94 por la cual se creó el Comité Técnico de Homologación S.I.M..

Art. 2º.-Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 2560/94, 3442/94, 3565/94, 391/95, 392/95, 393/95, 924/95, 1149/95 y 1978/95; que corresponden a los sistemas que en su momento fueron homologados, notificándose la presente Resolución en forma individual a las empresas constructoras de estos sistemas por la Dirección Informática Aduanera.

Art. 3º.- Previamente a la puesta operativa de una nueva Versión del Kit MARIA por la Dirección Informática Aduanera, se publicará en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS la puesta a disposición de la nueva estructura de datos. La documentación inherente a dicha estructura se podrá recabar en el Departamento Homologación de Sistemas Aduaneros de la citada Dirección, el que llevará a tal efecto un registro de cada uno de los solicitantes.

Art. 4º.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido, archívese, prevía publicación en el Boletín de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.- Carlos A. Silvani.