Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

MAIZ

Resolución 372/98

Autorízase la producción y comercialización de la semilla y de los productos y subproductos de ésta provenientes de variedades e híbridos de maíz transgénicos resistente al herbicida glufosinato de amonio.

Bs. As., 23/6/98

B.O: 30/06/98

VISTO el expediente Nº 9384/97 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Resolución Nº 77 del 11 de febrero de 1998 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de la resolución citada en el Visto se autorizó la liberación al medio de la semilla de maíz transgénico resistente al herbicida glufosinato de amonio, derivado de los eventos de transformación T14 y T25, previa presentación ante la COMISION NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA) de la documentación requerida por la citada norma.

Que de la evaluación y análisis de los estudios presentados surge que el grano a los productores derivados de los eventos de transformación T14 y T25 son considerados tan seguros como cualquier otro derivado de maíces obtenidos por técnicas convencionales.

Que ha quedado demostrado que los maíces tolerantes a glufosinato de amonio transformados a través de los eventos T14 y T25 son substancialmentes equivalentes a cualquier maíz híbrido comercial.

Que ha sido autorizada su comercialización y uso de productos y subproductos en: CANADA, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y JAPON.

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 2773 del 29 de diciembre de 1992 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION

RESUELVE:

Artículo 1º-Autorízase la producción y comercialización de la semilla y de los productos y subproductos derivados de ésta provenientes de variedades e híbridos de maíz transgénicos resistente al herbicida glufosinato de amonio, derivados de los eventos de transformación T14 y T25.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Felipe C. Solá.