Subsecretaría de Industria

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Disposición 38/98

Modifícase la Resolución N° 927/97-SICYM, mediante la cual se aprobó un plan de intercambio compensado presentado por la firma "Juntas Ciccarelli Sociedad de Responsabilidad Limitada".

Bs. As., 26/6/98

B.O: 1/7/98

VISTO el expediente N° 060-001168/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio en Rivera 740, Villa Madero, Provincia de Buenos Aires, ha sido beneficiaria de un plan de intercambio compensado aprobado por Resolución S.I.C. y M. N° 927/97 del 16 de setiembre de 1997.

Que por expediente Nº 061-002158/98, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la firma solicita la inclusión de productos a importar y exportar en el Anexo de la Resolución citada.

Que la inclusión de los productos a importar y exportar en el anexo de la Resolución S.I.C. y M. N° 927/97 del 16 de setiembre de 1997, resulta viable de acuerdo a las constancias y verificaciones hechas por la Subsecretaría de Industria.

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE INDUSTRIA

DISPONE:

Artículo 1°-Sustitúyese el Anexo de la Resolución S.I.C. y M. N° 927/97 del 16 de setiembre de 1997, por el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente disposición.

Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de la presente modificación, serán regidos por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias, Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1997, la presente Disposición, y los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. N° 060-001168/97.

Art. 3º-La firma JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA deberá llevar registros de sus importaciones y exportaciones de forma tal que le permita demostrar ante cualquier requerimiento por parte de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, que los bienes importados con franquicias del Decreto 33/96, no son los mismos que se han exportado conforme a dicho régimen.

Art. 4º-Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, constituye domicilio especial en Viamonte 1167, piso 2º, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 5°-La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente a la notificación de la Resolución S.I.C. y M. N° 927/97 del 16 de setiembre de 1997.

Art. 6º-Remítase copia de la presente disposición a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 7º-Notifíquese a la interesada.

Art. 8º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Miguel A. Cuervo.

ANEXO A LA DISPOSICION S.S.I. Nº 38

Expediente N° 060-001168/97

Empresa: JUNTAS CICCARELLI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

 

Productos a Exportar:

POSICION N.C.M.

DESCRIPCION

8484.10.00

Juntas metaloplásticas

8484.90.00

Las demás juntas

 

Partes a Importar:

POSICION N.C.M.

DESCRIPCION

8484.10.00

Juntas metaloplásticas

8484.90.00

Las demás juntas