Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 2347/98

Reconócese a la Asociación Privada de Fieles, en vistas a ser un Instituto Secular "Mensajeras de Jesús en la Familia", como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 18/6/98

B.O: 03/07/98

VISTO lo solicitado por las "MENSAJERAS DE JESUS EN LA FAMILIA", y

CONSIDERANDO:

Que "MENSAJERAS DE JESUS EN LA FAMILIA", es una Asociación Privada de Fieles, en vista a llegar a ser un Instituto Secular y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que según sus estatutos, aprobados por el Señor Arzobispo de Córdoba, S.E.R. Cardenal Raúl Francisco Primatesta, la agrupación secular "MENSAJERAS DE JESUS EN LA FAMILIA" se propone la perfección de la vida cristiana de sus miembros de acuerdo a los consejos evangélicos.

Que el artículo 3º, inciso f) del decreto 491/91 autoriza la inscripción en el registro creado por la ley 24.483 a las personas jurídicas reconocidas como tales por la autoridad eclesiástica competente, que guarden semejanza o analogía con los institutos de vida consagrada y sociedades de vida apostólica, lo cual implica en este punto el reconocimiento civil de lo estatuido por la autoridad eclesiástica, objetivo de la ley 24.483.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando su estatuto y decreto de aprobación del mismo por autoridad eclesiástica, otorgado el día 3 de julio de 1996.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 24.483 y del artículo 3º del Decreto 491/95.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconocer como persona jurídica a la Asociación Privada de Fieles, en vistas a ser un Instituto Secular, "MENSAJERAS DE JESUS EN LA FAMILIA", con sede legal en la calle Roma, número MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO (1184), Ciudad de Córdoba, PROVINCIA DE CORDOBA, y domicilio especial en calle Sarandi, número SESENTA Y CINCO (65), CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CIENTO SETENTA (170), del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel M. Centeno.