Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

ESPECIALIDADES MEDICINALES

Disposición 2829/98

Prohíbese la comercialización y uso en todo d Territorio Nacional de los lotes; Lote Nº 592 vencimiento 9/98 y Lote 656 Vencimiento 10/99 del producto rotulado como Ventolin, marca registrada de la firma laboratorios Glexo Wellcome S.A..

Bs. As., 19/6/98

B.O: 03/07/98

VISTO el expediente Nº 1 -47- 1110-608-98-7 de esta Administración Nacional; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del Programa de Pesquisa de Medicamentos Ilegítimos, el Instituto Nacional de Medicamentos por Ordenes de Inspección Nº 4526/98, y 4376/98, retiró de las farmacias FARMACIA SOCIAL ALSINA sita en la calle Alsina 2100 de esta Capital Federal y droguería COFARBELCO ubicada en la calle Franklin Rooselvelt 2947-Capital Federal-muestras de un Producto rotulado VENTOLIN Lote Nº 592 vencimiento 9/98 y Lote 656 Vencimiento 10/99 para proceder a su análisis.

Que la firma GLAXO WELLCOME S.A. titular de la marca Ventolin no reconoció como propios del laboratorio a dichos productos por presentar diferencias con las correspondientes contramuestras de estos lotes obrantes en el Laboratorio siendo tal circunstancia constatada por el INAME mediante Acta de Inspección Nº 553/98.

Que lo actuado por el INAME se enmarca dentro de lo autorizado por el Art. 13º de la Ley Nº 16.463 y por el art.3º del Decreto Nº 341/92, resultando competente la ANMAT en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1490/92 en su inc. q).

Que en los términos previstos por el Decreto Nº 1490/92 art. 10º inc. s) resulta necesario disponer la prohibición de comercialización en todo el país de los lotes ilegítimos.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1º-Prohíbese la comercialización y uso en todo el Territorio Nacional de los lotes: Lote Nº 592 vencimiento 9/98 y Lote 656 Vencimiento 10/99 del producto rotulado como VENTOLIN, marca registrada de la firma laboratorios GLAXO WELLCOME S.A.

Art. 2º-Gírese copia certificada de las presentes actuaciones a la Comisión de Fiscales creada por Resolución Nº 54/97 de la Procuración General de la Nación a los fines de su consideración y formulación de la denuncia penal si lo estimare pertinente.

Art. 3º-Gírese copia certificada de las presentes actuaciones a la Dirección de Registro y Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación a fin que tome la intervención de su competencia en punto a determinar si se ha infringido la Ley Nº 17.565.

Art. 4º-Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, comuníquese a las autoridades provinciales y a las del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a CAEME, CILFA, CAPEMVel, COOPERALA y la COFA.-Dése copia al Departamento de Relaciones Institucionales. Gírese al Departamento de Asuntos Judiciales a sus efectos. Cumplido, archívese.-Pablo M. Bazerque.