Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD VEGETAL

Resolución 776/98

B.O.: 8/7/98

Modificación de la Resolución No 23/96 ex-IASCAV, que estableció un sistema de protección cuarentenaria para el ingreso de productos vegetales hospederos de Ceratitis capitata y Anastrepha fraterculus en las Areas bajo control y Erradicación de Moscas de los Frutos.

Bs. As., 2/7/98

B.O.: 18/7/98

VISTO el expediente Nº 1020/98 y su agregado Nº 5290/98, ambos del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y las Resoluciones Nros. 23 del 2 de febrero de 1996 y 519 del 30 de diciembre de 1996, ambas del registro del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 23 del 2 de febrero de 1996 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, se ha establecido un sistema de protección cuarentenaria para el ingreso de productos vegetales hospederos de Ceratitis capitana y Anastrepha fraterculus en las Areas bajo control y Erradicación de Moscas de los Frutos.

Que en virtud de los resultados obtenidos se hace necesario actualizar la reglamentación cuarentenaria que evite la dispersión de las plagas citadas y asegure la protección de la zona bajo control.

Que se han evaluado las propuestas emanadas de los distintos sectores involucrados en el Programa Nacional de Control y Erradicación de Moscas de los Frutos (PROCEM), tendientes a optimizar la instrumentación del Programa.

Que existe un nuevo tratamiento para frutos de pimiento (Capsicum annum) desarrollado por el State of California "Department of Food and Agriculture Division of Plant Industry" 1991, que posibilitaría utilizar las cámaras de fumigación de Bromuro de Metilo que se disponen en nuestro país, para la aplicación del mismo.

Que se dispone de un nuevo tratamiento para frutos de naranja (Citrus sínesis) desarrollado por el Servicio Agrícola y Ganadero de Chile (SAG), que permite utilizar temperaturas más bajas que facilitarían la aplicación del mismo.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el artículo 8º, inciso e) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:

Artículo 1º— Modificar el Anexo II de la Resolución N° 23 del 2 de febrero de 1996 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, incorporando al acápite 1 TRATAMIENTO DE FUMIGACION CON BROMURO DE METILO, los puntos 10 y 11 conforme al siguiente texto.

1.10. Fruta fresca: Pimiento

TEMPERATURA

DOSIS

TIEMPO DE EXPOSICION

21ºC o más

32 grs. m3

3.5 Hs

El momento de inicio del tratamiento se considera que es una vez finalizada la inyección del fumigante.

La superficie de la fruta se debe encontrar libre de humedad en el momento de la fumigación.

Para este tratamiento existen variedades de frutos de pimiento cuya calidad comercial puede ser afectada por la aplicación de los tratamientos de fumigación.

Este tratamiento es efectivo para el control de Ceratitis capitata.

1.11. Fruta fresca: naranja.

TEMPERATURA

DOSIS

TIEMPO DE EXPOSICION

12 a 21ºC

40 grs m3

3.5 Hs

 

Este tratamiento es efectivo para el control de Ceratitis Capitata y Anastrepha fraterculus.

Este tratamiento es Alternativo al tratamiento 1.1. del Anexo II de la Resolución Nº 23 del 2 de febrero de 1996 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL.

Art. 2º— La presente resolución entrará en vigencia a los TREINTA (30) días de su publicación en el Boletín Oficial.

Art.3º— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —Luis O. Barcos.