BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION "A" 2720 (18/6/98). Ref.: Circular CREFI 2-16. Instalación de filiales de entidades financieras en el país y en el exterior. Requisitos.
B.O.: 08/07/98
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
"-Disponer que las entidades financieras que presenten solicitudes de instalación de nuevas filiales, deberán tener una calificación de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias de 1, 2 ó 3, en lo referente a la solución de la problemática "Año 2000".".
e. 8/7 N° 234.187v.8/7/98