BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "A" 2720 (18/6/98). Ref.: Circular CREFI 2-16. Instalación de filiales de entidades financieras en el país y en el exterior. Requisitos.

B.O.: 08/07/98

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"-Disponer que las entidades financieras que presenten solicitudes de instalación de nuevas filiales, deberán tener una calificación de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias de 1, 2 ó 3, en lo referente a la solución de la problemática "Año 2000".".

e. 8/7 N° 234.187v.8/7/98