Comisión Nacional de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES

Resolución 967/98

Dispónese la baja de Servi-Express S.A. del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Bs. As., 23/7/98

B.O.: 28/07/98

VISTO el expediente Nº 202 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que la firma denominada SERVI-EXPRESS S.A. fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales en fecha 11 de abril de 1996, con el número TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO (398).

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º de la Resolución CNCT 007/96, el 30 de abril de 1998 operó el vencimiento del plazo previsto para que la firma aludida acreditase el pago del Derecho a Inscripción en el Registro y de los restantes requisitos previstos en el artículo 11 del Decreto Nº 1187/93, modificado por su similar Nº 115/97, para el mantenimiento de su inscripción.

Que, vencido el plazo arriba indicado, se ha verificado que SERVI-EXPRESS S.A. no ha acreditado el cumplimiento de los requisitos referidos por lo que, de acuerdo a lo prescripto en el artículo 3º de la Resolución CNCT 007/96, se ha producido su baja de pleno derecho del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a contar del 1 de abril de 1998.

Que, en virtud de ello, resulta procedente el dictado de un acto administrativo declarativo de la baja de la firma SERVI-EXPRESS S.A. del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 136 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º inciso d') del Decreto Nº 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y en la Resolución CNC Nº 31 /98.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo l° - Declárase la baja de la empresa SERVI-EXPRESS S.A. del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, operada de pleno derecho a contar del 1 de mayo de 1998, en razón de que la misma no acreditó dentro del plazo previsto el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 11 del Decreto Nº 1187/93 y sus modificatorios, para mantener su inscripción.

Art. 2° - Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese.-Federico N. A. Luján de la Fuente.