PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Resolución N° 581/98

Bs. As, 21/7/98

VISTO el Expediente SRNDS Nº 1429/98 del registro de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO:

Que se ha producido un error de transcripción en el artículo 1º de la Resolución Nº 401/98.

Que conforme lo dispuesto por el art. 101 del Decreto 1759/72 (t.o. 1991) corresponde su corrección;

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Coordinación de Asuntos Jurídicos;

Por ello,

EL SECRETARIO DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Rectifícase el segundo párrafo del artículo 1 º de la Resolución Nº 401/98 que quedará redactado del siguiente modo:

La reprogramación de tareas no modifica el plazo final de la Revisión Ordinaria que deberá cumplirse en las fechas determinadas en el contrato y con relación al plazo de finalización del primer quinquenio fijado en el numeral 3.2. del Acta Acuerdo del 30 de octubre de 1997.

ARTICULO 2° — Póngase en conocimiento de la COMISION BICAMERAL DE REFORMA DEL ESTADO Y SEGUIMIENTO DE PRIVATIZACIONES LEY 23.696, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, al ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS y a AGUAS ARGENTINAS S.A. por medio de la UNIDAD ASESORA DE LA AUTORIDAD DE APLICACION.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese. — Ing. MARIA JULIA ALSOGARAY., Secretario de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable.

e. 29/7 Nº 237.763 v. 29/7/98