Ministerio del Interior

MIGRACIONES

Resolución 1447/98

Establécese una norma que permite ingresar al país a los nacionales de Australia para realizar negocios, inversiones o estudios de mercado, sin visación consular argentina.

Bs. As., 30/7/98

B.O: 05/08/98

VISTO lo actuado en el Expediente Nº 212.2930/97 del registro de la Dirección Nacional de Migraciones, y

CONSIDERANDO:

Que para obtener admisión como residente transitorio los extranjeros deberán presentar pasaporte valido con visación consular argentina, conforme lo prevé el artículo 47 del Reglamento de Migraciones, aprobado por Decreto Nº 1023 del 29 de junio de 1994, salvo cuando convenios o acuerdos internacionales establezcan otros requisitos o eximan de visación.

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto propicia la conveniencia de dictar una norma que permita a los nacionales de Australia ingresar a la República Argentina para realizar negocios, inversiones o estudios de mercado.

Que por lo expuesto y habiendo tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos, se estima oportuno acceder a lo peticionado.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las atribuciones conferidas por el artículo 4º del Decreto Nº 1023/94.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º- Los nacionales de Australia, titulares de pasaporte ordinario vigente, podrán ser admitidos en el país en carácter de "Transitorio - negocios - inversiones - estudios de mercado", sin visación consular argentina.

Art. 2°- La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Carlos V. Corach.