Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

IMPORTACIONES

Resolución 935/98

Otórgase una prórroga especial para la importación de mercaderías mediante la utilización del Régimen de Envíos Escalonados creado por Resolución Nº 1243/92, a la firma Central Costanera S.A.

Bs. As., 3/8/98

VISTO el expediente Nº 061-003119/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través del expediente citado en el VISTO la firma CENTRAL COSTANERA S.A. solicita una prórroga especial para la utilización del Régimen de Envíos Escalonados creado por la resolución Nº 1243 del 28 de octubre de 1992, modificada por las resoluciones Nros. 924 del 17 de julio de 1996 y 888 del 5 de agosto de 1997, todas ellas de este Ministerio.

Que con fecha 25 de junio de 1997 la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a través de la resolución Nº 599, otorgó a CENTRAL COSTANERA S.A. los beneficios establecidos por la resolución N° 502 del 7 de noviembre de 1995 de este Ministerio para la importación de una planta Llave en Mano consistente en una Planta Generadora Integral de Ciclo Combinado para la producción de energía eléctrica.

Que, para tal importación, la firma recurrente fue autorizada a utilizar el Régimen de Envíos Escalonados por el DEPARTAMENTO TECNICA DE NOMENCLATURA Y CLASIFICACION ARANCELARIA de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS mediante la disposición Nº 44 del 10 de julio de 1997, habiéndose dispuesto el 12 de enero de 1998, mediante la resolución Nº 1 del citado Departamento, la prórroga del plazo establecido por CIENTO OCHENTA (180) días adicionales, los cuales vencieron el 6 de julio de 1998.

Que con posterioridad, y a través de la resolución Nº 439 del 8 de abril de 1998 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se dispuso, como excepción al período establecido en el artículo 11 de la resolución Nº 502 del 7 de noviembre de 1995 de este Ministerio, extender a VEINTICUATRO (24) meses el plazo para la importación de los bienes integrantes del proyecto presentado por la firma CENTRAL COSTANERA S.A., en virtud de que la ex- SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS había considerado que las características técnicas de la obra justificaban tal extensión.

Que, en consecuencia, resulta procedente otorgar a la firma recurrente una prórroga especial para la importación, a través del Régimen de Envíos Escalonados, de los bienes integrantes del proyecto que le fuera aprobado hasta su coincidencia con el vencimiento del plazo acordado por la resolución Nº 439 del 8 de abril de 1998 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete dictaminando que el dictado de la presente medida es legalmente viable.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo previsto en la resolución N° 1243 del 28 de octubre de 1992 modificada por las resoluciones Nros. 924 del 17 de julio de 1996 y 888 del 5 de agosto de 1997, todas de este Ministerio, y en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios, texto ordenado en 1992.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º- Prorrógase hasta el 24 de junio de 1999 el plazo autorizado a la firma CENTRAL COSTANERA S.A. a través de la disposición Nº 44 del 10 de julio de 1997 y de la resolución Nº 1 del 12 de enero de 1998, ambas del DEPARTAMENTO TECNICA DE NOMENCLATURA Y CLASIFICACION ARANCELARIA de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, para la importación, al amparo del Régimen de Envíos Escalonados, de las mercaderías consignadas en la primera de las medidas mencionadas.

Art. 2º- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Roque B. Fernández.