RADIODIFUSION

Decreto 902/98

Autorízanse ingresos a "Televisión Litoral Sociedad Anónima", titular de las licencias de "LT83 TV Canal 3", "LT2 Radio General San Martín" ambas de la ciudad de Rosario, y "LRH253 Radio Cataratas" de la ciudad de Puerto Iguazú.

Bs. As., 4/8/98

B.O: 06/08/98

VISTO el expediente Nº 1985/95 del registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, y

CONSIDERANDO:

Que en las mencionadas actuaciones tramita el pedido formulado por "TELEVISION LITORAL SOCIEDAD ANONIMA", titular de las licencias de "LT83 TV CANAL 3", "LT2 RADIO GENERAL SAN MARTIN" ambas de la ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, y "LRH253 RADIO CATARATAS" de la ciudad de PUERTO IGUAZU, provincia de MISIONES, tendiente a que se autorice el ingreso a esa sociedad de las señoras Beatriz María Rita GOLLAN de MENDEZ y Ana Cecilia GOLLAN de QUARANTA.

Que de la documentación acompañada surge que el socio Alberto Casiano GOLLAN donó a las ingresantes-como anticipo de herencia- la cantidad de DOSCIENTAS (200) acciones que posee en la licenciataria de referencia, distribuidas en partes iguales entre aquellas.

Que de las constancias glosadas surge la conformidad de las partes intervinientes, así como también, la toma de conocimiento, por parte de la sociedad, de la operación arriba indicada.

Que las donatarias reúnen las condiciones y requisitos personales exigidos por el artículo 45 de la Ley Nº 22.285.

Que la limitación temporal exigida por el artículo 46, inciso f) de la Ley de Radiodifusión, para que puedan autorizarse transferencias de acciones o cuotas de sociedades licenciatarias de servicios de radiodifusión -en lo que se refiere al transcurso de CINCO (5) años desde la iniciación de las emisiones regulares- se encuentra cumplida, toda vez que la sociedad en cuestión inicio las transmisiones regulares de "LT83 TV CANAL 3" de la ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, el 20 de junio de 1965.

Que el servicio jurídico del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION ha emitido el correspondiente dictamen.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL tiene competencia para dictar el presente acto, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 46, inciso f) de la Ley Nº 22.285.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º- Autorízase el ingreso de las señoras Beatriz María Rita GOLLAN de MENDEZ (M.I. Nº 5.989.144) y Ana Cecilia GOLLAN de QUARANTA (M.I. Nº 6.651.545) a "TELEVISION LITORAL SOCIEDAD ANONIMA", titular de las licencias de "LT83 TV CANAL 3", "LT2 RADIO GENERAL SAN MARTIN" ambas de la ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE y "LRH253 RADIO CATARATAS" de la ciudad de PUERTO IGUAZU, de la provincia de MISIONES.

Art. 2º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Carlos V. Corach.