Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 1658/98

Cancélase una licencia en régimen de competencia oportunamente otorgada a través de la Resolución Nº 551/94 ex - SOPYC, para la prestación de un Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

Bs. As., 4/8/98

B.O: 07/08/98

VISTO el Expediente Nº 22.764/93, del registro de la ex - COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES, en el cual HANDYFON S.R.L., solicita la baja de las licencias para la prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de competencia, que le fueran oportunamente otorgadas, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 551 dictada por la ex - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES con fecha 25 de octubre de 1994, se otorgó a HANDYFON S.R.L., licencia para la prestación de Servicios de Telecomunicaciones en Régimen de Competencia para Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

Que con fecha 15 de abril de 1998, el solicitante efectúa una presentación, mediante la cual solicita la baja de la licencia de que se trata.

Que recabada la intervención del órgano jurídico respectivo, se expide en el sentido de que procede dar de baja tales licencias.

Que el Decreto 1185/90 y sus modificatorios, establecen las reglas a las que deberá ajustarse la declaración de caducidad de las licencias.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones emergentes del Anexo II del Decreto Nº 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º- Cancélase la licencia en régimen de competencia oportunamente otorgada a HANDYFON S.R.L. a través de la Resolución Nº 551 dictada por la ex - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES con fecha 25 de octubre de 1994, para la prestación del Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces.

Art. 2º- La medida adoptada en el artículo anterior, tendrá vigencia a partir del 15 de abril de 1998.

Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Germán Kammerath.