BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "B" 6360 (27/07/98). Ref. Circular OPASI-2. Cuentas "Fondo de Desempleo para los Trabajadores de la Industria de la Construcción" (Cap. I, Punto 4.2).

B.O: 07/08/98

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para recordarles que la apertura de las cuentas mencionadas en la referencia y la recepción de depósitos para ellas tiene carácter obligatorio para todos los bancos comerciales minoristas.

Ello procede a simple requerimiento de los empleadores sin condicionamiento alguno y aun cuando estos no posean la correspondiente libreta de aportes, ya que su presentación al banco -de acuerdo con las normas vigentes- sólo es necesaria para los casos de reembolsos o transferencias de fondos.

e. 7/8 Nº 238.861 v. 7/8/98.