Superintendencia de Servicios de Salud

OBRAS SOCIALES

Resolución 88/98

Mantiénese la inscripción de la Obra Social para el Personal de Dirección de la Industria Metalúrgica en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados.

Bs. As., 21/7/98

B.O: 11/08/98

VISTO la resolución nº 3157/96 ANSSAL; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución del VISTO dispuso la inscripción de la Obra Social para el Personal de dirección de la Industria Metalúrgica en el Registro de Agentes del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados, disponiendo que la misma regiría para los jubilados y pensionados provenientes de cualquier Agente del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que la citada Obra Social plantea su voluntad de recibir en forma exclusiva a jubilados y pensionados de origen.

Que dicha modificación no puede afectar los derechos adquiridos por aquellos jubilados y pensionados que ya hubieran optado por pertenecer a la misma.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de la atribuciones conferidas por los Decretos 1615/96 y 177/97.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º- Mantener la inscripción en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados, bajo el número 4-0059, de la Obra Social para el Personal de Dirección de la Industria Metalúrgica. Dicha inscripción regirá exclusivamente para los jubilados y pensionados de origen.

Art. 2º- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese, oportunamente archívese .- José J. Lingeri.