MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 919/98

Apruébase la organización funcional de las Secretarias de Programación Económica y Regional y de Obras Públicas. Modifícase el Decreto N° 660/96.

Bs.As., 6/8/98

B.O: 13/8/98

VISTO el Expediente Nº 750-003170/98 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 660 de fecha 24 de junio de 1996, sus modificatorios y complementarios, se definió el organigrama de aplicación en el ámbito de la Administración Centralizada, hasta nivel de Subsecretaría, entre otros, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que resulta aconsejable transferir las competencias de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL referidas a la coordinación fiscal y económica con las provincias y la programación regional desde la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, la que se denominará SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que al margen de ello, se impone la necesidad de reubicar en la órbita de la SECRETARIA DE COORDINACION, también del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a la SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS, hasta la fecha en jurisdicción de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, así como también a los organismos descentralizados: COMISION NACIONAL DE VALORES y CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO y, en la mencionada SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS, a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.

Que al margen de ello, y con el objeto de mejorar la eficiencia y eficacia en el control de las concesiones de la red vial nacional, resulta aconsejable asignar a un órgano especifico el control de la problemática mencionada.

Que en tal sentido corresponde crear en jurisdicción de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, dependiendo de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL , el ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED VIAL NACIONAL.

Que por lo expuesto resulta menester realizar las adecuaciones señaladas en la organización vigente en el citado MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, incorporando los referidos ajustes.

Que la medida propuesta, no implica una erogación mayor a la prevista oportunamente para la Jurisdicción 50.00 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que se ha expedido en forma favorable, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Artículo 99, Inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º.- Modifícase del Anexo I del Decreto Nº 660 de fecha 24 de junio de 1996, sus modificatorios y complementarios, la parte correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el que se integrará de acuerdo al detalle que se señala en las Planillas Anexas al presente artículo.

Art. 2º- Modifícase del Anexo II - Objetivos - del Decreto Nº 660 de fecha 24 de junio de 1996, sus modificatorios y complementarios, la parte correspondiente a las SECRETARIAS DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL, DE COORDINACION, y DE OBRAS PUBLICAS, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, los que quedarán redactados como se detalla en las Planillas Anexas al presente artículo.

Art. 3º- Apruébase la organización funcional de las SECRETARIAS DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL y DE OBRAS PUBLICAS, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la que se conformará de acuerdo con el detalle que, como Planillas Anexas al presente artículo, se acompañan.

Art. 4º- El personal de las áreas afectadas por la presente medida mantendrá sus niveles y grados de revista vigentes a la fecha. La medida incluye los cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.

Art. 5- Créase, como organismo descentralizado en jurisdicción de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED VIAL NACIONAL.

Art. 6º.- El MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, elevará, en un plazo no mayor a los NOVENTA (90) días, el proyecto de estructura organizativa del ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED VIAL NACIONAL, así como también las adecuaciones correspondientes a las distintas áreas de su jurisdicción, afectadas por la creación citada.

Art. 7º.- Hasta tanto se concluya con la organización de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales inferiores existentes, con la asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.

Art. 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a las previsiones de origen de las mismas.

Art. 9º.- Establécese la dependencia de los organismos no integrantes de la administración centralizada de las Secretarias de : PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL, COORDINACION y de OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS , de acuerdo con la planilla que como anexa al presente articulo se acompaña.

Art. 10º.- El gasto que demande la atención de la presente medida será atendido con los créditos existentes en la jurisdicción 50.00 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 11º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

- SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL:

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

- SECRETARIA DE COORDINACION:

SUBSECRETARIA LEGAL

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION

SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS

- SECRETARIA DE HACIENDA:

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

- SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA:

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

SUBSECRETARIA DE MINERIA

- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACIÓN:

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACIÓN

SUBSECRETARIA DE PESCA

SUBSECRETARIA DE ALIMENTACIÓN Y MERCADOS

- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL

- SECRETARIA DE ENERGIA:

SUBSECRETARIA DE ENERGIA

SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES

- SECRETARIA DE TRANSPORTE:

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2°

SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL

OBJETIVOS

1.- Elaborar y proponer instrumentos para la programación, la consistencia y el análisis de la política económica.

2.- Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía global, sectorial y regional.

3.- Coordinar en su carácter de autoridad de aplicación del Sistema Nacional de Inversión Pública, la evaluación y propuesta de prioridades en los proyectos de inversión pública y programas con financiamiento externo, así como también la actualización de los planes anual y plurianual de inversión.

4.- Conducir, a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, el Sistema Estadístico Nacional y los Censos Nacionales; elaborar las estadísticas nacionales socioeconómicas, y los análisis y estudios que deriven de ellos.

5.- Conducir, a través de las respectivas áreas, los Sistemas de Cuentas Nacionales e Internacionales y los análisis y estudios que deriven de ellos.

6.- Programar y coordinar la evaluación de las políticas de gasto social consolidado, su financiamiento y su impacto sobre la población y efectuar diagnósticos y seguimientos de los niveles de vida de la población.

7.- Colaborar con la SECRETARIA DE HACIENDA en la elaboración del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional, específicamente en lo relativo a los proyectos de inversión pública nacional, con el alcance establecido en la Ley Nº 24.354 - de creación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas - y los proyectos financiados por organismos internacionales de crédito.

8.- Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y no bilaterales, asegurando el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

9.- Resolver sobre las medidas correctivas que coadyuven a la buena administración de los préstamos con los organismos internacionales de crédito y a la mayor eficiencia para la ejecución de los proyectos y programas de inversión pública.

10.- Conducir todo lo vinculado a los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales, en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

11.- Coordinar la asistencia a las provincias en lo que es materia de su competencia.

12.- Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía regional.

13.- Evaluar los programas de gasto social consolidado, realizando un diagnóstico y seguimiento permanente de su impacto sobre las condiciones de vida de la población.

14.- Coordinar las relaciones entre el INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA

OBJETIVOS

1.- Coordinar la realización de análisis prospectivos que vinculen los objetivos e instrumentos de las políticas macroeconómicas.

2.- Conciliar los distintos planes, programas y proyectos con los lineamientos de la política económica en el plano fiscal, monetario y de ingresos.

3.- Efectuar el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.

4.- Organizar y elaborar los Sistemas de Cuentas Nacionales e Internacionales y los análisis y estudios conexos.

5.- Supervisar todo lo vinculado con el INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO.

SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL

OBJETIVOS

1.- Coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de otros Ministerios, todos los aspectos relacionados con la programación económica regional.

2.- Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para el apoyo del desarrollo regional.

3.- Coordinar la instrumentación de un banco único de datos económicos y sociales sobre provincias y economías regionales.

4.- Realizar estudios sobre las economías regionales.

5.- Actuar como unidad ejecutora de proyectos orientados al desarrollo regional.

6.- Coordinar los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales en la relación entre el GOBIERNO NACIONAL y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales y diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión financiera de las Provincias y Municipios que permita su integración a las cuentas nacionales.

7.- Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados Provinciales, su infraestructura productiva, los procesos de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.

8.- Coordinar todo lo atinente a opciones de cooperación y asistencia nacional e internacional, bilaterales y multilaterales, disponibles para las provincias y municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y financieras.

9.- Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

10.- Ofrecer asistencia técnica a las provincias, en la formulación de programas de desarrollo regional.

11.- Participar con los organismos correspondientes en la instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal.

12.- Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.

SECRETARIA DE COORDINACION

OBJETIVOS

1.- Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción, y fiscalizar el desarrollo de las mismas en sus organismos descentralizados.

2.- Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas de la jurisdicción.

3.- Coordinar la aplicación de políticas administrativas y financieras en la jurisdicción ministerial.

4.- Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos y sumarios administrativos-disciplinarios.

5.- Elaborar y supervisar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER JUDICIAL DE LA NACION, como con los diferentes sectores del ámbito público y privado.

6.- Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del sector público nacional.

7.- Coordinar la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el sector público.

8.- Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia.

9.- Dirigir la coordinación de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital en empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario, e instruir a los representantes del Estado Nacional en las citadas empresas, incluyendo las que estén en proceso de total privatización.

10.- Supervisar el desarrollo de los servicios de seguros y mercado de valores en función de las políticas de apertura externa y desregulación.

11.- Efectuar la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA y el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA (BICE).

12.- Coordinar las relaciones entre la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, la COMISION NACIONAL DE VALORES, la CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO y la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE COORDINACION

SUBSECRETARIA LEGAL

OBJETIVOS

1.- Coordinar el servicio jurídico y mantener ordenados los textos de la normativa vinculada con la actividad sustantiva de la jurisdicción, y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.

2.- Intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.

3.- Intervenir en todos aquellos proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas a la gestión empresaria y en resguardo de los intereses de la participación accionaria del Estado Nacional.

4.- Coordinar el control de los juicios de carácter contencioso en los que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS o sus entes descentralizados, sean parte.

SECRETARIA DE COORDINACION

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION

OBJETIVOS

1.- Efectuar la compatibilización y coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción ministerial, ya sea centralizada o descentralizada, así como la planificación de las actividades de administración.

2.- Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos, la sustanciación de los sumarios administrativos-disciplinarios de la jurisdicción ministerial y el accionar del Centro de Documentación e Información.

3.- Coordinar la ejecución de los programas de propiedad participada y de racionalización de espacios físicos.

SECRETARIA DE COORDINACION

SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1.- Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del TESORO NACIONAL.

2.- Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

3.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.

4.- Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el sector público nacional.

5.- Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia.

SECRETARIA DE COORDINACION

SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS

1.- Asistir en la elaboración y coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER JUDICIAL DE LA NACION, como con los diferentes sectores del ámbito público y privado.

SECRETARIA DE COORDINACION

SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS

OBJETIVOS

1.- Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los servicios de seguros y mercado de valores.

2.- Asistir al Secretario de Coordinación en lo que respecta a las relaciones con la COMISION NACIONAL DE VALORES.

3.- Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA y el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA (BICE).

4.- Coordinar el análisis y realizar propuestas de alternativas para el diseño de la política del sector financiero.

5.- Ejecutar las acciones para coordinar la venta de los paquetes accionarios en poder del Estado Nacional.

6.- Coordinar las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario y estén en proceso de total privatización, e instruir a los representantes del Estado Nacional en las citadas empresas.

7.- Instrumentar las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario, e instruir a los representantes del Estado Nacional en las citadas empresas.

8.- Supervisar lo vinculado con la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

OBJETIVOS

1.- Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de obras públicas no hidráulicas, supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas a nivel nacional, regional y provincial. Asimismo, proponer el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución, ejerciendo las atribuciones conferidas directamente por la normativa vigente sobre la materia o las que en el futuro se le deleguen.

2.- Conducir la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.

3.- Entender en la formulación, seguimiento y control de aplicación de las políticas relativas a los bienes físicos de propiedad del Estado Nacional e implementar y mantener actualizado un sistema de información que facilite la operación de dichos bienes.

4.- Entender en todos los actos de administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional correspondientes a la Administración Centralizada, su adquisición, disposición, conservación, mantenimiento y asignación, y en la racionalización de los espacios físicos, formulando las políticas relativas a su conservación y mantenimiento, y efectuar su seguimiento y control.

5.- Ejercer las atribuciones encomendadas a la COMISION VENTA INMUEBLES ESTATALES creada por Decreto Nº 2137 del 10 de octubre de 1991 y ejercer las atribuciones encomendadas por la Ley Nº 24.383.

6.- Entender en las actividades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría, cuando tengan una vinculación funcional con la misma, y hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

7.- Asistir en la resolución de los recursos de carácter administrativo que se interpongan en contra de las actividades específicas del accionar de los entes mencionados en el párrafo anterior.

8.- Conducir las acciones tendientes a aplicar la política sectorial, orientando el proceso de adaptación de los nuevos operadores al interés general.

9.- Coordinar todo lo referido a proyectos de obras públicas no hidráulicas entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

OBJETIVOS

1.- Elaborar el plan operativo de obras de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y conducir su ejecución.

2.- Coordinar el análisis y la elaboración de las propuestas sobre el marco regulatorio que facilite la concreción de las mismas.

3.- Elaborar los pliegos e intervenir en el proceso de contratación de la obra pública de responsabilidad de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.

4.- Asistir al Secretario de Obras Públicas en el ejercicio de las facultades que le han sido delegadas o le fueren delegadas en el futuro respecto de las normas rectoras sobre obras públicas y/o sobre concesiones de obras públicas no hidráulicas.

5.- Entender en la formulación, seguimiento y ejecución de las políticas relativas a la construcción, conservación y reciclaje de edificios fiscales y a la restauración y conservación de monumentos históricos nacionales.

6.- Entender en la elaboración, ejecución, modificación, reformulación y rescisión de los contratos celebrados y las licitaciones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas con las obras públicas no hidráulicas.

7.- Entender en la elaboración, ejecución, modificación, reformulación y rescisión de los contratos celebrados y las licitaciones o contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas a la restauración, conservación, preservación, mantenimiento, construcción y reciclaje de los monumentos y lugares históricos e inmuebles fiscales, así como también la administración de obras solicitadas por otros organismos o reparticiones del Estado Nacional.

8.- Brindar la asistencia técnica y administrativa al Tribunal Arbitral de Obras Públicas.

9.- Supervisar el accionar de los organismos descentralizados de su jurisdicción.

10.- Formular los programas de obra pública no hidráulica a nivel nacional, regional y provincial.

11.- Ofrecer asistencia técnica a las provincias en la formulación de programas de obra pública no hidráulica.

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL

OBJETIVOS

1.- Controlar el funcionamiento de los entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, y el cumplimiento de los marcos regulatorios correspondientes.

2.- Implementar y ejecutar un sistema de control de las actividades de las distintas áreas y/u organismos en jurisdicción de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS.

3.- Conducir lo vinculado con la programación y articulación de proyectos de obra pública no hidráulica a nivel nacional, regional y provincial.

4.- Asistir al Secretario de Obras Públicas en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera, proveniente de organismos internacionales o de otro origen destinada a la concreción de sus objetivos.

5.- Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

6.- Asistir en la planificación de las políticas de concesiones de obras públicas no hidráulicas, en especial, del sistema vial nacional.

7.- Dirigir la formulación, seguimiento y control de aplicación de las políticas relativas a los bienes físicos de propiedad del Estado Nacional e implementar y mantener actualizado un sistema de información que facilite la operación de dichos bienes.

8.- Supervisar y coordinar todos los actos de administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional correspondientes a la Administración Centralizada, su adquisición, disposición, conservación, mantenimiento y asignación en uso.

9.- Asistir al Secretario de Obras Públicas en el ejercicio de las atribuciones encomendadas a la COMISION VENTA INMUEBLES ESTATALES creada por Decreto Nº 2137 del 10 de octubre de 1991 y en las atribuciones encomendadas por la Ley Nº 24.383.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3°

 

ORGANIZACION FUNCIONAL

SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL (1)

DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA (3)

DIRECCION NACIONAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES DE CREDITO (3)

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION DEL GASTO SOCIAL (3)

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA (2)

DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS NACIONALES (3)

DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS INTERNACIONALES (3)

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS MACROECONOMICAS (3)

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL (2)

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION FISCAL CON LAS PROVINCIAS (3)

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION ECONOMICA REGIONAL (3)

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS (3)

DIRECCION DE DIFUSION (3)

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y OPERACIONES (3)

DIRECCION NACIONAL DE METODOLOGIA ESTADISTICA, TECNOLOGIA Y COORDINACION DEL SISTEMA ESTADISTICO NACIONAL (3)

DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION (3)

DIRECCION ASISTENTE DE ESTADISTICAS SOCIODEMOGRAFICAS Y ECONOMICAS (3)

DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS Y PRECIOS DE LA PRODUCCION Y EL COMERCIO (3)

DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS DEL SECTOR EXTERNO (3)

DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS SOCIALES Y DE POBLACION (3)

DIRECCION NACIONAL DE ENCUESTAS A HOGARES (3)

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS (2)

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS (2)

DIRECCION NACIONAL DE ARQUITECTURA (3)

DIRECCION NACIONAL DE EJECUCION DE PROYECTOS (3)

SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL

DIRECCION NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO (3)

DIRECCION NACIONAL DE EVALUACION Y PROGRAMACION DE PROYECTOS (3)

(1) Absorbe la dotación asignada a la ex-SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA y ex-SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA Y GASTO SOCIAL

(2) Mantiene vigente la dotación asignada.

(3) Mantienen vigentes sus actuales Responsabilidades Primarias, Acciones y Dotación.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 9°

ORGANISMOS NO INTEGRANTES DE LA ADMINISTRACION CENTRALIZADA

SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL:

- SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA:

INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO

SECRETARIA DE COORDINACION:

DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES

COMISION NACIONAL DE VALORES

CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO

- SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS:

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:

ORGANO DE CONTROL CONCESION OBRA ROSARIO-VICTORIA

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION

SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL:

ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED DE ACCESOS A LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED VIAL NACIONAL