PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

Resolución N° 1734/98

Bs. As; 11/8/98

B.O.: 27/08/98

VISTO el expediente N° 02/98 del registro de LA EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA — En Liquidación — (ENCOTESA e. 1), lo establecido por los Decretos Nros. 265 del 24 de marzo de 1997, 840 del 26 de agosto de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que en el numeral 1 del anexo XIII del Pliego correspondiente a la Licitación Pública Nacional e Internacional convocada a los fines de otorgar la concesión de todos los servicios postales, monetarios y de telegrafía que prestaba la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (ENCOTESA), se previo la entrega en comodato al concesionario de los inmuebles o partes de inmuebles de propiedad de la primera que se encontraban, al momento de la concesión, directamente afectados al servicio público de Correos y Telégrafos.

Que en algunos de esos inmuebles existen sectores o áreas que ni no se encontraban al momento de la concesión, directamente afectados al servicio público, por estar desocupados y/u ocupados por terceros con carácter de locatarios o comodatarios.

Que el precitado numeral establece que los inmuebles o sectores de inmuebles que se encuentren en tenencia de terceros, sea por contratos de locación o por comodatos convenidos con personas publicas o privadas, continuaran afectados a dichos fines hasta el vencimiento de las obligaciones respectivas, reservándose el concedente la afectación posterior.

Que por tratarse de sectores de edificios que en la parte restante, fueron cedidos en comodato al concesionario, el único destino productivo que se puede asignar a los mismos es el de la locación.

Que resulta necesario determinar el destino a dar a los espacios de que se trata.

Que por ser la titular del dominio de tales inmuebles al momento de la concesión de los servicios, resulta adecuado facultar a la Comisión Liquidadora de la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA — En Liquidación — (ENCOTESA e.l.) para la suscripción de los respectivos contratos de locación, así como a la percepción y afectación de los respectivos cánones locativos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en virtud de los Decretos N° 1620/96 y Nº 840/97,

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Autorizar a la Comisión Liquidadora de la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA — En Liquidación — (ENCOTESA e.l.) para que proceda a la suscripción de los contratos de locación o renovación de los contratos preexistentes que resultaren menester para la más adecuada administración de los espacios que no fueron transferidos en comodato a CORREO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA, y que integran edificios en los cuales existen otras áreas ocupadas por dicho Concesionario.

ARTICULO 2° — Autorizar a la comisión Liquidadora de EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA — En Liquidación —(ENCOTESA e.l.) a la percepción de los cánones locativos correspondientes, y a la afectación de los respectivos fondos para la atención de las erogaciones que demande su procedimiento de liquidación.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. — Dr. GERMAN KAMMERATH, Secretario de Comunicaciones, Presidencia de la Nación.

e. 27/8 N° 242.195 v. 27/8/98