Secretaría de Industria, Comercio y Minería

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Resolución 533/98

Solicitudes de modificación que se ponen en conocimiento de los sectores productivos involucrados, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución N° 329/96-MEYOSP

Bs. As., 24/8/98

B.O.: 27/08/98

VISTO el Expediente Nº 061-005264/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución M.E. y O. y S.P. N° 329 de fecha 23 de octubre de 1996 la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, quedó facultada para comunicar, mediante consulta pública, las solicitudes de modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) registradas a nivel nacional, como así también aquellas presentadas por los restantes Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) ante el Comité Técnico N° 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías".

Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hallan registradas solicitudes que se ponen en conocimiento de los sectores productivos involucrados, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución M.E. y O. y S.P. N° 329/96.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución M.E. y O. y S.P. N° 329/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º - Se lleva a conocimiento público que se han registrado en el ámbito de esta Secretaría las siguientes solicitudes de modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en las DOS (2) planillas que, como Anexo I, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º - Los interesados en manifestarse sobre las referidas solicitudes de modificación de las alícuotas, deberán hacerlo mediante nota. Para los casos de reducción de alícuota, se adjuntará a la nota el formulario, completado en forma íntegra, compuesto por DOS (2) planillas que, como Anexo II, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 3º - La documentación a que alude el Artículo 2° se presentará ante el Area de Nomenclatura y Aranceles, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, sita en Av. Julio A. Roca 651, Piso 6°, Sector 1, haciendo referencia a la presente Resolución, en un plazo no mayor de TREINTA (30) días corridos a contar desde el día siguiente al de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

En los casos en que en el Anexo I se señale la existencia de mayor información sobre un determinado producto, el plazo indicado precedentemente, se extenderá automáticamente QUINCE (15) días corridos más, a fin de que los interesados tomen conocimiento de la misma en el Area mencionada.

Una vez transcurridos los plazos indicados, según corresponda, y de no recibirse manifestación escrita sobre las consultas efectuadas por la presente resolución, se interpretará que no existe oposición a la solicitud comunicada.

Art. 4º - En caso de considerarse necesario, esta Secretaría podrá solicitar información adicional a la aportada por la entidad manifestante.

Art. 5º - La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Alieto A. Guadagni.

ANEXO I A LA RESOLUCION S.I.C. Y M. N° 533/98

N.C.M.

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

SOLICITANTE

A.E.C

ACTUAL

D.I.E.

ACTUAL

(*)

A.E.C

SOLICI-TADO

D.I.E.

SOLICI-TADO

(*)

OBSERVACIONES

3824.90.79

Mezcla de fosfato monocálcico y fosfato dicálcico, con un contenido de fosfato dicálcico inferior o igual al 25%,en peso.

Embajada de la República de Sudáfrica.

14%

17%

2%

5%

Existe mayor información

8417.20.00

Horno de panadería, a fuego directo, con capacidad de producir 8.700 unidades de panes de molde y 32.000 unidades de bollería por hora.

Panificadora Veneziana S.A.

14%

28%

(usado)

14%

17%

Existe mayor información

8419.89.99

Equipo continuo, para producir el leudo de la masa de pan, con capacidad de producir 32.000 unidades de bollería y 4.800 unidades de panes de molde, por hora.

Panificadora Veneziana S.A.

14%

28%

(usado)

14%

17%

Existe mayor información

8422.40.90

Embolsadora de pan rebanado, incluso con dispositivo de cierre, con capacidad de trabajar hasta 120 panes rebanados por minuto y atador automático de bolsas.

Panificadora Veneziana S.A.

14%

28%

(usada)

14%

17%

Existe mayor información

8422.40.90

Embolsadora de pan de bollería, incluso con dispositivo de cierre, con una capacidad de 120 bollos por minuto.

Panificadora Veneziana S.A.

14%

28%

(usada)

14%

17%

Existe mayor información

8428.39.90

Transportador de acción continua, del tipo rejilla metálica, utilizado en el enfriamiento de panes, con capacidad de transportar 9.600 unidades de panes de molde y 40.000 unidades de bollería por hora.

Panificadora Veneziana S.A.

14%

28%

(usado)

14%

17%

Existe mayor información

8428.90.90

Desmoldador automático de panes, con capacidad de 160 unidades de panes de molde y 600 unidades de bollería, por minuto.

Panificadora Veneziana S.A.

14%

28%

(usado)

14%

17%

Existe mayor información

8428.90.90

Equipo apilador y desapilador de moldes de pan, con capacidad de 1.400 unidades de bollería y 2.000 unidades de panes de molde, por hora.

Panificadora Veneziana S.A.

14%

28%

(usado)

14%

17%

Existe mayor información

8438.10.00

Rebanadora de pan, con capa-cidad de procesar hasta 60 panes por minuto.

Panificadora Veneziana S.A.

14%

28%

(usada)

14%

17%

Existe mayor información

8438.10.00

Amasadora, con una capacidad de producción de 590 Kg/hora.

Panificadora Veneziana S.A.

14%

28%

(usado)

14%

17%

Existe mayor información

8438.10.00

Divisora de ma-sas, con una capacidad de producción de 10.800 panes/ hora.

Panificadora Veneziana S.A.

14%

28%

(usada)

14%

17%

Existe mayor información

(*) Según Resolución M.E. y O. y S.P. N° 12/98

ANEXO II A LA RESOLUCION S.I.C. Y M. N° 533/98

1) Datos sobre la empresa o entidad de clase

1.1 - Nombre de la empresa o entidad de clase:

1.2 - Dirección:

1.3 - Teléfono:

1.4 - Fax:

2) Datos sobre el producto

2.1 - Nombre Técnico:

2.2 - Posición Arancelaria N.C.M.:

2.3 - A.E.C.:

2.4 - Fecha de inicio de la producción:

3) Datos de producción y ventas

3.1 - Producción (últimos 3 años)

AÑO

VALOR DE LA PRODUCCION

(U$S)

CANTIDAD PRODUCIDA

(UNIDAD DE MEDIDA)

.

.

.

.

.

.

.

.

.

3.2 - Ventas Mercado Interno (últimos 3 años)

AÑO

VALOR DE LAS VENTAS

(U$S)

CANTIDAD VENDIDA

(UNIDAD DE MEDIDA)

.

.

.

.

.

.

.

.

.

3.3 - Ventas Mercado Externo (últimos 3 años)

AÑO

VALOR DE LAS VENTAS

(U$S)

CANTIDAD VENDIDA

(UNID. DE MEDIDA)

PAIS

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

.

3.4 - Nombre y Direcciones de los Principales Clientes

NOMBRE DEL CLIENTE

DIRECCION DEL CLIENTE

.

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.

3.5 - Presentar literatura técnica: catálogos, planos, análisis químicos o físicos, referencias bibliográficas, etc. e incluso muestras, en caso de corresponder

4) Otras informaciones relevantes