Secretaría de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES Y TELEGRAFICOS

Resolución 1817/98

Amplíase el plazo otorgado por el Decreto N° 617/98, por el que se facultó a la Secretaría de Comunicaciones a efectuar el relevamiento y determinación de las deudas de las distintas jurisdicciones o entidades de la Administración Pública Nacional a favor del Correo Argentino S.A.

Bs. As., 27/8/98

B.O: 31/08/98.

VISTO el Decreto 617/98 de Poder Ejecutivo Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se facultó a esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES a efectuar el relevamiento y determinación de las deudas de las distintas jurisdicciones o entidades de la Administración Pública Nacional a favor del Correo Argentino S.A.

Que se otorgó un plazo de sesenta (60) días a fin de que los distintos organismos remitieran la documentación respaldatoria de la deuda existente.

Que en dicho Decreto se facultó a tomar las medidas que resulten necesarias.

Que a la fecha algunos organismos no han podido conciliar aún dicha deuda con el Correo Argentino S.A.

Que es necesario ampliar dicho plazo por sesenta (60) días más a efectos de poder recibir la documentación debidamente conformada por las respectivas Unidades de Auditoría Interna.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:

Artículo 1°- Amplíase el plazo otorgado por el Decreto Nº 617/98 por un período de veinte (20) días, contados a partir de su publicación.

Art. 2º- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Germán Kammerath.