SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Resolución Nº 317/98

Bs. As., 27/8/98

B.O: 01/09/98

VISTO las Resoluciones S.A.F.J.P. Nº 429/96 de fecha 19 de junio de 1996, Nº 519/97 de fecha 20 de octubre de 1997 y Nº 245/98 de fecha 23 de julio de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3º de la primera de las resoluciones mencionadas en el VISTO estableció que "el despacho de la totalidad de asuntos concernientes a la competencia del Departamento Patrimonio y Servicios tramitará, con carácter provisional, bajo la supervisión y dependencia funcional del señor Gerente de Contabilidad y Finanzas".

Que el Anexo I al Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado por la Resolución S.A.F.J.P. Nº 519/97 establece una escala que vincula para cada tramo del monto de la compra o contratación el funcionario autorizante.

Que en virtud de los avances producidos en el diseño del plan estratégico de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES, se dictó la Resolución S.A.F.J.P. Nº 245/98 a través de la cual se asignaron funciones de jefe del Departamento de Patrimonio y Servicios a un agente del organismo.

Que consecuentemente ha dejado de tener operatividad la disposición citada en el primer considerando de la presente.

Que razones de índole operativa aconsejan introducir una modificación al Anexo I al Reglamento de Compras y Contrataciones del Organismo en cuanto al monto de compra o contratación que puede autorizar el Jefe del Departamento Patrimonio y Servicios.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas a esta instancia por el artículo 119 de la Ley Nº 24.241.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
RESUELVE:

ARTICULO 1°- Modifícase el Anexo I al Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución S.A.F.J.P. Nº 519/97 el que quedará redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2°- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3°- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Lic. HECTOR ARMANDO DOMENICONI, Superintendente de A.F.J.P.

ANEXO

ANEXO I

(Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado por Resolución S.A.F.J.P. 519/97)

CONCEPTO
MONTO EN PESOS
AUTORIZANTE
Compra de bienes Hasta 1.000,00 Jefes de Departamento.
o contratación Hasta 3.000,00Jefe del Departamento Patrimonio y Servicios
.Hasta 5.000,00 Gerentes. Gerente de Coordinación de Comisiones Médicas (*). Gerente de Recursos Humanos y Capacitación (**)
.Hasta 10.000,00 Superintendente.
.Mas de 10.000,00 y Menos de 1.000.000,00 Comisión de Adquisiciones y Contrataciones y Superintendente.

(*) Intervención necesaria en los casos de contratación de Prestadores/Interconsultores para las Comisiones Médicas.

(**) Intervención necesaria en los casos de contratación de pasajes.