INMUEBLES

Decisión Administrativa 431/98

Restitúyese un inmueble a la Municipalidad de San Francisco, Provincia de Córdoba.

Bs. As., 26/8/98

B.O: 01/09/98

VISTO el expediente Nº 40.876/65 en DOS (2) cuerpos del registro del entonces MINISTERIO DE EDUCACION Y JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que la MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO, Provincia de CORDOBA, efectúo la donación de un inmueble a favor del Estado Nacional Argentino, con destino a la construcción del entonces COLEGIO NACIONAL "GENERAL DON JOSE DE SAN MARTIN" en la citada ciudad.

Que el bien en cuestión fue donado en virtud de la Ordenanza Nº 1116 y su modificatoria Nº 1230, promulgadas por Decretos Municipales Nros.1976 y 292 - 211 de fecha 6 de octubre de 1959 y 12 de agosto de 1964, respectivamente, y se encuentra ubicado en el DEPARTAMENTO SAN JUSTO, PEDANIA JUAREZ CELMAN de la Ciudad de SAN FRANCISCO, Provincia de CORDOBA.

Que dicha donación fue aceptada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante Decreto Nº 4573 de fecha 18 de agosto de 1969.

Que, posteriormente, el Centro Vecinal "DALMACIO VELEZ SARSFIELD" se opuso a la construcción del citado establecimiento en el predio donado, ya que afectaba la traza de la PLAZA VELEZ SARSFIELD, situación que fue compartida por diversos organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que con el propósito de dar ubicación al entonces Colegio Nacional y no modificar la estructura de la PLAZA VELEZ SARSFIELD, la MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO, Provincia de CORDOBA, mediante Ordenanza Nº 1995 de fecha 2 de octubre de 1978, formuló un nuevo ofrecimiento de un predio a favor del Estado Nacional Argentino.

Que la mencionada MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO, solicitó oportunamente la restitución del inmueble donado en primer término, en atención a que el establecimiento educativo, entonces en jurisdicción nacional, habla comenzado a construirse en el predio donado en segunda instancia.

Que en virtud de lo expuesto, procede restituir el inmueble aludido a fin de regularizar su situación jurídica.

Que el servicio jurídico del Ministerio de origen ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida encuadra en las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1º) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1º- Restitúyese a la MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO, Provincia de CORDOBA, el inmueble donado oportunamente en virtud de la Ordenanza Nº 1116 del 5 de octubre de 1959 y su modificatoria Nº 1230 del 10 de agosto de 1964, promulgadas por Decretos Municipales Nros. 1976 del 6 de octubre de 1959 y 292-211 del 12 de agosto de 1964, respectivamente, y aceptado por el Estado Nacional Argentino por Decreto Nº 4573 de fecha 18 de agosto de 1969, consistente en una fracción de terreno ubicada en la Ciudad de SAN FRANCISCO, DEPARTAMENTO SAN JUSTO, PEDANIA JUAREZ CELMAN, Provincia de CORDOBA, circundada por las Manzanas 45 - 46 - 54 - 55 - 62 - 63 - 71 y 72, que consta de las siguientes medidas; NOVENTA METROS (90 m) de NORTE a SUR; en su parte ESTE y OESTE y SETENTA METROS (70 m) de ESTE a OESTE, en su parte NORTE a SUR: con una superficie de SEIS MIL TRESCIENTOS METROS CUADRADOS (6.300 m2), lindando; al NORTE y SUR con más terreno de la PLAZA VELEZ SARSFIELD; al ESTE con la calle PUEYRREDON y al OESTE con parte de la citada plaza que lo separa de la Avenida LIBERTADOR SAN MARTIN.

Art. 2º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Jorge A. Rodríguez.-Susana B. Decibe. -Carlos V. Corach.- Roque B. Fernández.