Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA

Resolución 567/98

Otórgase la continuidad del Programa de Especialización Industrial que le fuera aprobado a Electrónica Iguazú Sociedad Anónima a la firma Rheem Sociedad Anónima.

Bs. As., 31/8/98

B.O: 3/9/98

VISTO el Expediente Nº 060-004612/95 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que en dicho expediente se presentó la firma ELECTRONICA IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA con domicilio en Ruta Nacional N° 7, km. 790, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, solicitando el beneficio del Régimen de Especialización Industrial instituido por el Decreto N° 2.641 del 29 de diciembre de 1992 y sus resoluciones reglamentarias.

Que por Resolución ex-S.M. e I. N° 164 del 12 de abril de 1996 se aprobó el programa presentado por la empresa citada en el considerando anterior, con vigencia hasta el año 1999 inclusive.

Que con fecha 26 de agosto de 1997 se presenta RHEEM SOCIEDAD ANONIMA y manifiesta ser la continuadora de ELECTRONICA IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA por haber la segunda modificado su razón social por esa nueva denominación.

Que habiendo RHEEM SOCIEDAD ANONIMA aportado la documentación que acredita el cambio de denominación producido, solicita se le otorgue la continuidad del Programa de Especialización Industrial que le fuera aprobado a ELECTRONICA IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA por Resolución ex-S.M. e I. N° 164/96.

Que también procede emitir a favor de la nueva sociedad los Certificados de Desgravación Arancelaria que aún no se hubieran emitido por las exportaciones incrementales efectivizadas por ELECTRONICA IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA con anterioridad a la fecha de cambio de la denominación de su razón social.

Que la modificación propuesta no vulnera la suspensión del Régimen de Especialización Industrial establecida por el Decreto N° 977 del 20 de agosto de 1996.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 15 del Decreto N° 2.641 del 29 de diciembre de 1992 y el artículo 8° de la Resolución ex-S.I.C. N° 14 del 18 de enero de 1993, modificada por la Resolución ex-S.I.C. N° 80 del 24 de marzo de 1993.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1°- Tener por continuadora del Programa de Especialización Industrial aprobado por Resolución ex-S.M. e I. N° 164/96 a la firma RHEEM SOCIEDAD ANONIMA, con domicilio en Ruta Nacional N° 7, km. 790, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, por modificación de la razón social de la empresa ELECTRONICA IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 2°- Autorízase la emisión de Certificados de Desgravación Arancelaria a favor de la firma RHEEM SOCIEDAD ANONIMA, por las exportaciones incrementales efectivizadas por la empresa ELECTRONICA IGUAZU SOCIEDAD ANONIMA con anterioridad a la fecha de modificación de la denominación social y por las que no se hubieran otorgado aún los mismos.

Art. 3°- Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por Decreto N° 2.641/ 92, por la Resolución ex-S.I.C. N° 14/93, modificada por la Resolución ex-S.I.C. N° 80/93, por la Resolución ex-S.I.C. N° 148 del 6 de mayo de 1993 y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente Nº 060-004612/95 y sus agregados.

Art. 4°- Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar la firma RHEEM SOCIEDAD ANONIMA, constituye domicilio especial en la calle Céspedes 3857, Capital Federal, en donde serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 5º-La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 6º-Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS de MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art . 7°-Notifíquese a la interesada.

Art. 8°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto A. Guadagni.