Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

ESPECIALIDADES MEDICINALES

Disposición 4441/98

Prohíbese la comercialización y uso en todo el Territorio Nacional de diversos productos elaborados por los laboratorios Boehringer Ingelheim S.A., Casasco S.A., Glaxo Wellcome S.A., Roemmers S.A. y Roux-Ocefa S.A.

Bs.As., 9/9/98

B.O: 16/09/98

VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-945-98-0 de esta Administración Nacional; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del Programa de Pesquisa de Medicamentos Ilegítimos, funcionarios del Instituto Nacional de Medicamentos fueron invitados a participar de los allanamientos llevados a cabo por la Comisión de Fiscales creada por Resolución Nº 54/97 de la Procuración General de la Nación en diversas zonas de la Capital Federal y de la Provincia de Buenos Aires.

Que como resultado de estos procedimientos se secuestraron muestras de los lotes J1073 Vto. 10/99 del producto rotulado como Efortil x 20ml. en su forma farmacéutica gotas; lote J0900 Vto. 9/98 del producto rotulado Buscapina Compositum-Gotas-x 20ml; lote J1363 Vto. 01/2000 Buscapina pompositum x 10 comprimidos marcas registradas de la firma laboratorios BOEHRINGER INGELHEIM S.A.; lote 3864 Vto. 10/2000 Factor AG 200 x 20 comprimidos; Lote 3206 Vto. 2/99 Factor AG Pediátrico Gotas x 30ml. marca registrada de la firma laboratorios CASASCO S.A.; Lote 739 Vto. 87/2000 y Lote 794 Vto. 11/2000 Ventolin-Gotas-marca registrada de la firma laboratorios GLAXO WELLCOME S.A.; Lote 28542 Vto. 12/99 Sertal-Gotas-marca registrada de la firma laboratorios ROEMMERS S.A.; Lotes 609770 Vto. 9/99 y 701710 Vto. 01/99 y 701710 Vto. 01/99 Dazolin-Gotas-marca registrada de la firma laboratorios ROUX-OCEFA S.A.

Que el INAME ha recomendado la prohibición de comercialización y uso en todo el país de los lotes ilegítimos.

Que corresponde que las circunstancias enunciadas sean puestas en conocimiento de la Comisión de Fiscales creada por Resolución Nº 54/97 de la Procuración General de la Nación a los efectos de la formulación de la denuncia penal que estimare pertinente.

Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que lo actuado se enmarca dentro de lo autorizado por el Art. 13º de la Ley Nº 16.463 y por el Art. 3° del decreto Nº 341/92 resultando competente esta Administración Nacional en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1490/92 en su inc. q).

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1º-Prohíbese la comercialización y uso en todo el Territorio Nacional de los lotes J1073 Vto. 10/99 del producto rotulado como Efortil x 20ml. en su forma farmacéutica gotas; lote J0900 Vto. 9/98 del producto rotulado Buscapina Compositum -Gotas- x 20ml.; lote J1363 Vto. 01/2000 Buscapina Compositum x 10 comprimidos marcas registradas de la firma laboratorios BOEHRINGER INGELHEIM S.A.; lote 3864 Vto. 10/2000 Factor AG 200 x 20 comprimidos; Lote 3206 Vto. 2/99 Factor AG Pediátrico Gotas x 30ml. marca registrada de la firma laboratorios CASASCO S.A.; Lote 739 Vto. 7/2000 y Lote 794 Vto. 11/2000 Ventolin-Gotas-marca registrada de la firma laboratorios GLAXO WELLCOME S.A.; Lote 28542 Vto. 12/99 Sertal -Gotas-marca registrada de la firma laboratorios ROEMMERS S.A.; Lotes 609770 Vto. 9/99 y 701710 Vto. 01/99 Dazolin-Gotas- marca registrada de la firma laboratorios ROUXOCEFA S.A.

Art. 2º-Gírese copia certificada de las presentes actuaciones a la Comisión de Fiscales creadas por Resolución Nº 54/97 de la Procuración General de la Nación, a los fines de su consideración y formulación de la denuncia penal que estimare pertinente.

Art. 3º-Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, comuníquese a CAEME, CILFA, CAPEMVel, COOPERALA y a la COFA. Dése copia al Departamento de Relaciones Institucionales. Gírese al Departamento de Asuntos Judiciales y a sus efectos. Cumplido, archívese. -Pablo M. Bazerque.