CONDECORACIONES

Decreto 1080/98

Apruébase un Acta por la que se acuerda condecorar a autoridades de la República Federativa del Brasil.

Bs. As., 14/9/98

B.O: 17/09/98

VISTO lo establecido por el Decreto Ley N° 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley N° 14.467, por el que se creó la "ORDEN DE MAYO", y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar a autoridades de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, quienes se han hecho acreedores al honor y al reconocimiento de la Nación.

Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 6º del Decreto Ley Nº 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº 14.467.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGETINA

DECRETA:

Artículo 1º-Apruébase el Acta del Consejo de la "ORDEN DE MAYO" suscripta el 16 de octubre de 1997, mediante la cual se acuerda la condecoración de la "ORDEN DE MAYO AL MERITO", a autoridades de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, en el grado de GRAN OFICIAL, al honor Asesor Especial de la Presidencia de la República, D. Luciano MARTINS y a la señora Subsecretaría de Imprenta y Difusión de la Presidencia. Dra. Ana Elisa TAVARES de MIRANDA.

Art. 2º-Extiéndanse los correspondientes diplomas, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19 de la Reglamentación de la "ORDEN DE MAYO" aprobada por el Decreto Ley Nº 16.844 del 18 de diciembre de 1957.

Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Guido Di Tella.