BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION "B" 6391 - 4/9/98. Ref.: Información diaria sobre depósitos, obligaciones y efectivo en monedas nacional y extranjera. (5001).

B.O: 17/9/98

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que a partir de la correspondiente al 7 de setiembre, la información de la referencia deberá ser transmitida antes de las 17 del día hábil siguiente.

La transmisión de los datos deberá ser concretada dentro de ese plazo, utilizando la actual aplicación disponible en el Sistema de Telecomunicaciones del Area Financiera (STAF) por la totalidad de las entidades financieras sin excepción, considerando todos y cada uno de los conceptos solicitados según surja de los registros al cierre de las operaciones diarias de todas sus casas o filiales.

La implementación de los mecanismos administrativos necesarios para asegurar la calidad de los datos informados en el plazo establecido, deberá contemplar la obligatoriedad de efectuar una transmisión rectificatoria el mismo día en que se tome conocimiento de modificaciones a introducir en alguno de los conceptos informados.

Para evaluar la procedencia de las transmisiones rectificatorias no solo se deberá considerar el conocimiento de las modificaciones para un día determinado sino también su posible repercusión en los datos informados por días posteriores (para así retransmitirlos, si correspondiera).

Tales transmisiones rectificatorias deberán comprender todos los conceptos (inclusive los que no sufran modificaciones y tendrán que ser concretadas a partir de un análisis exhaustivo de todos los factores que permitan disponer de datos definitivos el quinto día hábil siguiente al que corresponda la información.

e. 17/9 N° 245.580 v. 17/9/98