Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

OBRAS PUBLICAS

Resolución 1122/98

Delégase en la Secretaría de Obras Públicas la ejecución y cumplimiento de todos los trámites y gestiones necesarios para la entrega a la Sociedad Concesionaria, de la tenencia y custodia de los inmuebles de propiedad del Estado Nacional y las Provincias, correspondientes a la zona de camino de la Concesión de la Conexión Física entre las ciudades de Rosario (Santa Fe) y Victoria (Entre Ríos).

Bs. As., 11/9/98

B.O: 18/9/98

VISTO el Expediente N° 561-000384/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Ley N° 17.520, modificada por su similar N° 23.696, la Ley N° 24.516, los Decretos N° 2045 del 5 de Noviembre de 1992, N° 855 del 6 de Diciembre de 1995, y N° 650 del 15 de julio de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 855 del 6 de Diciembre de 1995 en su Artículo 6° designó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS como Autoridad de Aplicación de la Concesión de la Conexión Física entre las ciudades de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, y VICTORIA, Provincia de ENTRE RIOS.

Que el Artículo 8° estableció la competencia de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de este Ministerio para supervisar y controlar el cumplimiento del Contrato de Concesión.

Que por el Decreto N° 581 de fecha 14 de Mayo de 1998 se aprobó la adjudicación y el Contrato de Concesión de la citada obra.

Que conforme a lo establecido en el Artículo 15.1 del Contrato de Concesión, el Concedente, representado por el Señor Ministro de Economía y Obras y Servicios Públicos, deberá entregar a la Sociedad Concesionaria, la tenencia y custodia de los inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL y las Provincias, así como la de los restantes inmuebles correspondientes a la zona de camino de la concesión, lo que se detallará en el acta de Toma de Posesión.

Que por razones prácticas resulta conveniente delegar en la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de este Ministerio la ejecución y cumplimiento de todos los trámites y gestiones necesarios para la efectivización de esa medida.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 3° del Decreto N° 581 de fecha 14 de Mayo de 1998.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°-Encomiéndase a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de este Ministerio la realización de todos los trámites y gestiones necesarias para la entrega a la Concesionaria de la tenencia y custodia de los inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL y de las provincias, y de los restantes inmuebles correspondientes a la zona de camino de la Concesión, en los términos del Artículo 15.1 del Contrato de Concesión.

Art. 2°-El Señor Secretario de Obras Públicas de este Ministerio queda asimismo facultado para establecer la documentación que, con carácter previo a la entrega de la Posesión, deberá ser cumplimentada por la Concesionaria y determinar las modalidades de la Posesión a entregar, según lo que resulte más conveniente en las actuales circunstancias.

Art. 3°-Facúltase al titular de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de este Ministerio a delegar en el Señor Subsecretario de Obras Públicas el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente.

Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Roque B. Fernández.