COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Resolución N° 2209/98

Bs. As., 30/9/98

B.O.: 7/10/98

VISTO el Expediente Nº 28520/98 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996, asigna a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, la responsabilidad en la administración, coordinación y contralor del Sistema de Evaluación Psicofísica de los Conductores afectados a los servicios de Transporte Terrestre de Cargas y Pasajeros de Jurisdicción Nacional.

Que la ex-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE al aprobar mediante Resolución Nº 122 de fecha 9 de mayo de 1997 el Reglamento para el Otorgamiento y Uso de la Licencia Nacional Habilitante de los Conductores del Transporte Automotor de Pasajeros y de Cargas de Jurisdicción Nacional, instituyó a la mencionada Comisión como Autoridad de Aplicación del referido régimen.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, como Autoridad de Aplicación del referido reglamento, aprobó mediante Resolución de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE Nº 163 de fecha 17 de febrero de 1998, el Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Concurso Público Nacional para la Contratación de Prestadores Médicos para la Evaluación Psicofísica de los Conductores Profesionales de Vehículos de Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas Generales y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción Nacional

Que posteriormente mediante Resolución de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE Nº 224 de fecha 4 de marzo de 1998, se dispuso el llamado a Concurso Público, fijándose distintas ciudades del País como sedes y el número de prestadores médicos para cada una de ellas.

Que a efectos de posibilitar una adecuada concurrencia mediante Resolución de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE Nº 320 de fecha 1º de abril de 1998, el aludido Ente Regulador, sustituyó el Artículo 1º de la Resolución de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE Nº 224 de fecha 4 de marzo de 1998, dejando indeterminado el número de prestadores médicos a incorporar al Sistema Nacional de Evaluación Psicofísica en cada una de las sedes.

Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE requirió a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, adopte las medidas tendientes a establecer que el arancel fijado para el examen de Evaluación Psicofísica de los Conductores de Transporte Interjuridiccional de Cargas Generales no fuera único y obligatorio, sino máximo

Que en razón a ello, la Comisión precedentemente mencionada procedió a dictar la Resolución Nº 382 de fecha 23 de abril de 1998, que dispuso la modificación de distintos Artículos del referido Pliego de Bases y Condiciones.

Que posteriormente, la Comisión de Transporte de la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, solicitó la adopción de las medidas necesarias para suspender la apertura del llamado a Concurso Público en cuestión, a fin de analizar alguna de las pautas contenidas en el mismo.

Que en razón a ello la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, dispuso mediante Resolución de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE Nº 475 de fecha 18 de mayo de 1998, suspender el llamado a Concurso Público Nacional para la adjudicación de los exámenes relativos a la Evaluación Psicofísica de los Conductores de Vehículos de Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas Generales y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción Nacional.

Que con fecha 15 de septiembre de 1998 mediante Resolución de la SECRETARIA DE TRANSPORTE Nº 316, se estableció los aranceles máximos para la Evaluación Psicofísica.

Que se ha tomado en cuenta la experiencia acumulada en los últimos SEIS (6) años de desarrollo del Sistema de Evaluación Psicofísica de los Conductores Profesionales de Vehículos de Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas Generales y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción Nacional.

Que el mismo ha sido redactado conforme a la experiencia recogida en los anteriores llamados a concursos públicos, teniéndose en cuenta la uniformidad del sistema y los convenios suscriptos con las Provincias, a fin de cumplir con el objeto de la federalización del Sistema.

Que el procedimiento del concurso público se regirá por lo prescripto en el Capítulo VI del Decreto-Ley Nº 23.354/56 en vigencia en virtud de lo dispuesto en el Artículo 137 de la Ley Nº 24.156.

Que la competencia para el dictado de la presente medida surge de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Déjese sin efecto el Pliego Básico de Condiciones para el llamado a Concurso Público Nacional para la Contratación de Prestadores Médicos para la Evaluación Psicofísica de los Conductores Profesionales de Vehículos de Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas Generales y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción Nacional aprobado por la Resolución de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE Nº 163 de fecha 17 de febrero de 1998.

ARTICULO 2°.- Apruébase el Pliego Básico de Condiciones para el llamado a Concurso Público Nacional para la Contratación de Prestadores Médicos para la Evaluación Psicofísica de los Conductores Profesionales de Vehículos de Transporte Terrestre de Pasajeros, Cargas Generales y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción Nacional como uno de los requisitos para el Otorgamiento y Uso de la Licencia Nacional Habilitante de los mismos, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución y el modelo de historia clínica y modelos de planillas a completar por los oferentes que como Anexos II y III respectivamente integran la presente resolución.

ARTICULO 3°.- Notifíquese a todos los adquirentes del Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Concurso Público Nacional de Prestadores Médicos para la Evaluación Psicofísica de los Conductores Profesionales de Vehículos de Transporte Terrestre de Pasajeros, de Cargas y Mercancías Peligrosas de Jurisdicción Nacional, dispuesto por Resolución COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE Nº 224 de fecha 4 de marzo de 1998 y suspendido por Resolución, de este Ente Regulador, Nº 475 de fecha 18 de mayo de 1998.

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Roberto A. Ciappa -Presidente, Lic. Hugo O. Ramos -Vicepresidente, Dr. José A. Capdevila -Director, Ing. Jorge Andrés Andrade -Director y Dr. Teodoro Funes - Director.

NOTA: Esta resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).

e. 7/10 N° 248.839 v. 7/10/98