ENERGIA ELECTRICA

Decreto 1173/98

Modificación del Decreto N° 1192/92, en relación con el Directorio de la Compañía Administradora del Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMESA).

Bs. As., 2/10/98

B.O. 14/10/98

VISTO el Expediente N° 750-003320/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1192 del 10 de julio de 1992 se constituyó la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) como una entidad sin fines de lucro que tiene a su cargo el Despacho Nacional de Cargas del SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) en el marco de lo dispuesto por el Artículo N° 35 de la Ley N° 24.065.

Que el capital de la referida empresa se divide en CINCO (5) clases de acciones de las que son respectivamente titulares el ESTADO NACIONAL y CUATRO (4) Asociaciones Civiles que nuclean a las CUATRO (4) categorías de agentes que actúan en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM): Grandes Usuarios, Generadores, Transportistas y Distribuidores.

Que, también por mandato del citado Decreto, tales Asociaciones Civiles fueron organizadas por el ESTADO NACIONAL durante el proceso de transformación del Sector Eléctrico Argentino.

Que conforme el estatuto de dicha empresa, su Directorio se integra por representantes designados en Asamblea Especial de Clase por los accionistas titulares de cada una de las CINCO (5) clases de acciones y cuyo Presidente es el Señor Secretario de Energía del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que en orden a los principios rectores del proceso de transformación encarado en el Sector Eléctrico Argentino por el GOBIERNO NACIONAL es equitativo y conveniente viabilizar que la Vicepresidencia del Directorio este a cargo de un Director que no represente a ninguna clase accionaria y sea designado en Asamblea General de Accionistas que resuelva su designación con el voto favorable del ESTADO NACIONAL titular de las Acciones Clase "A".

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar el presente acto en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 99 inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Sustitúyese el párrafo quinto del Artículo 3° del Decreto N° 1192 del 10 de julio de 1992 por el siguiente texto:

"El Señor Secretario de Energía del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS será Presidente del Directorio de la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) y su Vicepresidente será un Director que se designará en Asamblea General de Accionistas con el voto favorable del titular de las Acciones Clase "A".

Art. 2°-Instrúyese a la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, tenedora de las acciones de la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) Clase "A" de propiedad del ESTADO NACIONAL, para que en ejercicio de los derechos societarios correspondientes promueva los actos societarios necesarios para la aplicación de lo dispuesto en el presente acto.

Art. 3°-Facúltase a la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a dictar las normas aclaratorias y complementarias a que de lugar la aplicación de lo dispuesto en el presente acto.

Art.4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.